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España–Portugal: invertir y operar

La península funciona cada vez más como un solo mercado: grupos españoles con filial portuguesa, inversores portugueses en activos españoles, equipos repartidos entre Madrid y Lisboa. Dirigimos el proyecto desde España y coordinamos abogados locales de confianza en Portugal; no somos una firma portuguesa ni pretendemos serlo.

Marco honesto. Velarde & Vidal opera desde España (Madrid · Barcelona). En el extranjero no tenemos oficinas propias: dirigimos el proyecto y coordinamos abogados locales de confianza en más de 15 jurisdicciones; el derecho local lo firma siempre el asesor local.

§ I

Escenarios habituales

Expansión a Portugal

Filial, distribución o adquisición: estructura societaria y fiscal del salto, con asesor local en lo portugués.

Inversor portugués en España

Compra de empresa o activo español: due diligence, SPA y, cuando procede, análisis del régimen de IED.

Equipos a ambos lados

Movilidad de directivos, fiscalidad del traslado y régimen de impatriados español.

Disputas ibéricas

Conflictos contractuales y societarios con elemento portugués; arbitraje con sede en Madrid.

§ II

Qué hace Velarde & Vidal

Dirigimos la estrategia, los contratos y la parte española del proyecto —societaria, fiscal, regulatoria— y coordinamos al asesor local para el derecho de Portugal. Un interlocutor, un calendario, documentos consistentes.

FAQ

Preguntas frecuentes

¿Un inversor portugués necesita autorización para comprar en España?
Portugal es Estado miembro de la UE, por lo que la mayoría de las operaciones no requieren autorización previa; ahora bien, el régimen de la Ley 19/2003 y el RD 571/2023 alcanza en determinados supuestos también a inversores intraeuropeos en sectores estratégicos. La consecuencia: la respuesta exige un análisis caso a caso del sector y de la cadena de control del comprador, que hacemos en días y por escrito.
¿Quién lleva la parte portuguesa de mi operación?
Trabajamos de forma recurrente con abogados locales de confianza en Portugal, bajo nuestra dirección del proyecto. La consecuencia para el cliente: un solo interlocutor, un solo calendario y documentos consistentes en ambos países, sin pagar la estructura de una firma global.
¿Dónde conviene resolver las disputas de un contrato hispano-portugués?
Depende del contrato: para relaciones comerciales relevantes solemos recomendar arbitraje institucional con sede en Madrid (Ley 60/2003, CIAM), que ofrece neutralidad, idioma común y un laudo ejecutable en ambos países. La consecuencia: la cláusula de resolución de disputas merece negociarse con el mismo cuidado que el precio.

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