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Derecho societario y operaciones (M&A)

Cómo realizar una due diligence legal

Por Marta Vidal, Socia — M&A y Derecho societarioActualizado: 2027-05-03

Una operación de compraventa de empresa, la entrada de un inversor en el capital o la fusión entre grupos empresariales no son decisiones que puedan adoptarse solo con el entusiasmo del trato. La oportunidad que hoy parece inmejorable puede convertirse en un pasivo no revelado, en una contingencia fiscal latente o en un litigio laboral que se hereda con la transmisión de acciones. La diligencia debida (due diligence) legal es el instrumento que convierte esa incertidumbre en información accionable antes de que el precio se firme.

En breve: Realizar una diligencia debida legal consiste en examinar de forma ordenada y exhaustiva el estado jurídico de una sociedad objetivo antes de cerrar una operación de M&A o de entrada de capital. El proceso abarca la normativa societaria, fiscal, laboral, contractual y regulatoria aplicable, y su resultado determina el precio definitivo, las garantías del contrato y la viabilidad misma de la operación.

Qué es la diligencia debida legal y por qué es imprescindible en toda operación de M&A

La diligencia debida es el proceso de análisis previo a una transacción mediante el cual el comprador o el inversor verifica la realidad jurídica de la sociedad que va a adquirir o en la que va a participar. No se trata de un trámite burocrático. Es la herramienta que define el margen de negociación.

El objetivo inmediato es detectar riesgos ocultos. El objetivo final es tomar una decisión informada sobre precio, estructura y condiciones de cierre.

En nuestra experiencia asesorando operaciones de M&A en sectores tecnológico, industrial y de servicios, la mayoría de los problemas que emergen en la fase de integración podrían haberse identificado y gestionado si la diligencia debida se hubiera iniciado con suficiente antelación. La oportunidad perdida no es la que se rechaza tras el análisis. Es la que se acepta sin él y obliga a renegociar desde una posición debilitada.

¿Cuándo surge la tentación de prescindir del proceso? Casi siempre cuando las partes tienen prisa, cuando existe una relación de confianza previa entre comprador y vendedor, o cuando el precio es pequeño. En esos tres supuestos, la historia demuestra que los riesgos son proporcionalmente mayores, no menores.

Las áreas que cubre una due diligence legal completa

Una diligencia debida legal bien estructurada no se limita a revisar los estatutos de la sociedad. Cubre al menos cinco grandes áreas de análisis, que en la práctica de nuestra firma se trabajan en paralelo para no dilatar el calendario de la operación.

Análisis societario

El punto de partida es verificar la existencia jurídica y la estructura de capital de la sociedad objetivo. Eso implica revisar la escritura de constitución, los estatutos sociales vigentes y el libro registro de socios. También incluye analizar los acuerdos de la junta general y del órgano de administración de los últimos años.

El pacto de socios merece atención especial. Con frecuencia, los estatutos recogen únicamente el esqueleto regulatorio mínimo, mientras que las reglas reales de gobierno corporativo, los derechos de preferencia, los mecanismos de salida y las cláusulas de arrastre (drag-along) y acompañamiento (tag-along) se contienen en un pacto parasocial no inscrito. Un comprador que no solicita y analiza ese pacto puede adquirir una participación sobre la que terceros socios ejercen derechos prioritarios.

Aquí cobra especial relevancia la verificación del Registro Mercantil: inscripciones, cargas sobre las participaciones, situaciones de exclusión o restricción de transmisibilidad, y posibles discordancias entre el Registro y la realidad documental interna de la sociedad.

Análisis contractual

Los contratos vigentes de la sociedad determinan en gran medida su valor real. Un contrato de distribución con cláusula de cambio de control puede resolverse automáticamente con la transmisión de acciones. Un acuerdo de licencia de tecnología puede quedar sin efecto si el licenciante no presta consentimiento al cambio de titularidad indirecto.

La revisión contractual debe identificar, al menos, los contratos relevantes con clientes y proveedores, los arrendamientos de inmuebles afectos al negocio, los contratos de financiación bancaria, los acuerdos de confidencialidad (NDA) vigentes y las cláusulas de exclusividad en operaciones con terceros.

En operaciones de compraventa de empresa en las que el valor reside en relaciones comerciales duraderas, la portabilidad de los contratos es con frecuencia el factor decisivo para confirmar o ajustar el precio.

Análisis laboral

La plantilla de una sociedad puede concentrar contingencias que no aparecen en el balance. La revisión laboral analiza la estructura de la plantilla, los convenios colectivos aplicables, las categorías y antigüedades de los trabajadores, los contratos de alta dirección y los acuerdos de no competencia.

Las indemnizaciones por despido improcedente ascienden a 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades, lo que en plantillas con alta antigüedad supone una contingencia relevante en el precio. Cuando la plantilla incluye trabajadores con tramos anteriores a 2012, el cálculo resulta más complejo.

También se analiza la existencia de procedimientos de inspección de trabajo pendientes, reclamaciones ante el juzgado de lo social y posibles situaciones de cesión ilegal de trabajadores o subcontratación irregular.

Análisis fiscal

La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) dispone de un plazo de prescripción tributaria general de cuatro años para liquidar deudas y sanciones. Eso significa que las contingencias fiscales latentes pueden remontarse varios ejercicios hacia atrás.

La revisión fiscal de una diligencia debida examina las declaraciones del Impuesto sobre Sociedades de los últimos ejercicios, el tratamiento del IVA en operaciones complejas, las retenciones sobre rendimientos del trabajo y los precios de transferencia en el caso de sociedades que forman parte de un grupo o de una estructura holding.

Con frecuencia, las contingencias fiscales no afloran en el balance auditado porque las normas contables permiten provisiones insuficientes. El análisis fiscal de la diligencia debida debe ir más allá de los estados financieros.

Análisis de litigios y contingencias legales

Una sociedad puede estar inmersa en procedimientos judiciales, arbitrajes o reclamaciones administrativas cuyo desenlace afecte materialmente al valor del negocio. La revisión de contingencias legales solicita al vendedor una declaración completa de los procedimientos pendientes, verificada contra la documentación interna.

Si la sociedad opera en sectores regulados, el análisis se extiende a las autorizaciones administrativas vigentes, a las posibles infracciones ante la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) y a las obligaciones derivadas de la normativa de protección de datos bajo el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPDGDD).

¿Cómo se organiza el proceso paso a paso?

El proceso de diligencia debida legal sigue una secuencia lógica que conviene respetar para no generar cuellos de botella ni comprometer la confidencialidad de la operación.

Paso 1: Acuerdo de confidencialidad y hoja de términos

Antes de intercambiar ningún documento, las partes deben suscribir un acuerdo de confidencialidad (NDA). Este instrumento delimita el alcance de la información compartida, los usos permitidos y las consecuencias del incumplimiento.

En operaciones más avanzadas, la firma de una hoja de términos (term sheet) o carta de intenciones no vinculante sirve para alinear las expectativas de precio y estructura antes de incurrir en el coste del análisis completo. Eso evita que ambas partes inviertan recursos en una diligencia debida cuyo resultado no conduzca a ningún cierre por divergencia en los términos esenciales.

Paso 2: Constitución del cuarto de datos (data room)

El vendedor facilita al comprador el acceso controlado a la documentación de la sociedad a través de un cuarto de datos virtual. La calidad del cuarto de datos refleja la madurez del proceso de venta. Un cuarto de datos bien organizado reduce el tiempo de análisis y eleva la percepción de valor del vendedor.

La lista de documentos solicitados (request list) la prepara el equipo jurídico del comprador. Cubre todas las áreas descritas en la sección anterior. La completitud de las respuestas del vendedor es, por sí sola, un indicador de riesgo.

Paso 3: Análisis y elaboración del informe de diligencia debida

El equipo de abogados societarios revisa la documentación del cuarto de datos y elabora un informe estructurado de hallazgos. Este informe clasifica los riesgos identificados por nivel de materialidad: críticos (que pueden bloquear la operación), relevantes (que deben reflejarse en el precio o en las garantías del contrato) e informativos (que no afectan la decisión pero deben conocerse).

La calidad del informe depende de la profundidad del análisis, no del volumen de páginas. Un informe de diligencia debida útil es aquel que permite al consejo de administración del comprador tomar la decisión con claridad, no el que lista documentos sin jerarquizar el riesgo.

Paso 4: Negociación del contrato de compraventa

Los hallazgos de la diligencia debida alimentan directamente la negociación del contrato de compraventa de participaciones o acciones (SPA, por sus siglas en inglés). Los riesgos materiales identificados se trasladan a tres mecanismos contractuales: ajuste de precio, garantías e indemnidades específicas del vendedor, o condiciones suspensivas para el cierre.

Sin una diligencia debida previa, el comprador negocia el SPA desde una posición de desinformación. El resultado habitual es un precio basado en proyecciones optimistas del vendedor y unas garantías insuficientes para cubrir los riesgos reales.

Paso 5: Cierre y mecanismos de ajuste postcierre

El cierre de la operación no pone fin al proceso de gestión de riesgos. Los mecanismos de ajuste de precio postcierre, las retenciones en garantía (escrow) y los periodos de garantía de las manifestaciones y garantías del vendedor se extienden habitualmente durante un plazo acordado entre las partes tras la firma.

El pacto de socios que regule la futura relación entre comprador y vendedor cuando este último permanece en el capital (operaciones parciales, reinversiones) también se negocia y firma en el momento del cierre.

¿Cuáles son los errores más frecuentes que destruyen valor en una due diligence?

En nuestra práctica, hemos identificado un conjunto de errores recurrentes que reducen la utilidad del proceso o generan problemas graves en la fase postcierre.

El primero y más costoso: iniciar el proceso demasiado tarde. Cuando el comprador ha comprometido públicamente la operación o ha comunicado el acuerdo a sus propios accionistas antes de completar la diligencia debida, la capacidad de renegociar se reduce drásticamente. La presión para cerrar prevalece sobre los hallazgos del análisis.

El segundo error es confundir la diligencia debida contable con la legal. La revisión de los estados financieros auditados no sustituye al análisis jurídico. Las contingencias laborales, los litigios pendientes y los pasivos contractuales no siempre se reflejan adecuadamente en la contabilidad.

El tercer error frecuente es no verificar la situación del pacto de socios existente. En muchas operaciones de M&A sobre sociedades medianas, el pacto de socios contiene restricciones a la transmisibilidad que, de no haberse identificado, obligarían a renegociar los términos del contrato o incluso a replantear la estructura de la operación.

El cuarto error es no solicitar al vendedor declaraciones y garantías específicas sobre los aspectos no cubiertos por la documentación del cuarto de datos. La diligencia debida nunca agota completamente la información disponible. Las declaraciones del vendedor en el SPA son el segundo nivel de protección.

¿Hay riesgos que no pueden mitigarse? Algunos, sí. El propósito de la diligencia debida no es garantizar la ausencia de riesgos, sino conocerlos con suficiente detalle para decidir si la operación tiene sentido al precio acordado y con las protecciones contractuales disponibles. En nuestra práctica de Derecho societario y operaciones (M&A) abordamos este análisis con una metodología estructurada que distingue los riesgos relevantes de los ruidos documentales.

El papel del asesoramiento jurídico externo en el proceso

La diligencia debida es un proceso que puede iniciarse con recursos internos, pero que exige asesoramiento jurídico externo especializado para ser eficaz. Hay tres razones de fondo para esa afirmación.

La primera es la especialización. Una operación de M&A puede involucrar riesgos en materia societaria, fiscal, laboral, regulatoria, de propiedad industrial e intelectual y de protección de datos, al mismo tiempo. Un equipo jurídico interno difícilmente domina todas esas materias con la profundidad que exige el análisis.

La segunda es la objetividad. El asesor externo no tiene interés en que la operación se cierre a cualquier precio. Su función es identificar los riesgos con independencia del entusiasmo que el equipo de negocio haya depositado en la transacción.

La tercera razón es la capacidad de negociación. El informe de diligencia debida redactado por un abogado societario externo tiene mayor peso negociador frente al vendedor que el análisis interno. Los hallazgos documentados por el asesor legal externo son el argumento técnico que justifica los ajustes de precio o las garantías adicionales.

El momento óptimo para involucrar al asesor jurídico es antes de firmar cualquier documento con el vendedor, incluida la carta de intenciones. El asesoramiento temprano no solo reduce el riesgo de la operación: reduce también el coste total del proceso, porque permite diseñar la estructura de la transacción y el alcance de la diligencia debida de forma eficiente desde el inicio.

Si la operación incluye una estructura holding o la participación de accionistas extranjeros, la complejidad se multiplica. La constitución de una sociedad holding como vehículo de la adquisición tiene implicaciones en el Impuesto sobre Sociedades, en el régimen de dividendos y en las obligaciones de información ante la AEAT que deben analizarse antes de elegir la estructura definitiva. En ese contexto, el trabajo coordinado entre el abogado societario y el asesor fiscal es imprescindible.

Cómo afecta la due diligence al precio y a la estructura de la operación

La relación entre los hallazgos de la diligencia debida y el precio final de la operación es directa, aunque no siempre lineal. Hay tres mecanismos principales a través de los cuales los resultados del análisis jurídico inciden en la economía de la transacción.

El primero es el ajuste de precio. Si la diligencia revela contingencias cuantificables, el comprador puede proponer una reducción del precio de compraventa equivalente al valor actualizado del riesgo identificado. La negociación de ese ajuste requiere un criterio metodológico claro, que el asesor jurídico debe proporcionar.

El segundo mecanismo es la garantía de retención o escrow. En lugar de reducir el precio, las partes pueden acordar retener en un depósito una parte del precio durante un periodo determinado, a disposición del comprador si el riesgo identificado se materializa durante ese plazo. Este mecanismo equilibra el interés del vendedor en recibir el precio íntegro y el del comprador en tener cobertura frente a la contingencia.

El tercer mecanismo es la indemnidad específica. Para riesgos que no pueden cuantificarse en el momento del cierre, el vendedor otorga en el SPA una garantía de indemnización directa al comprador si el riesgo se materializa. La negociación del alcance, los límites y los periodos de vigencia de esas indemnidades es una de las partes más técnicas del proceso.

En operaciones de M&A sobre empresas con estructura holding, también es relevante analizar si la transmisión se estructura como compraventa de participaciones o como compraventa de activos. Esa decisión tiene consecuencias distintas en el IVA, en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y en el perímetro de las contingencias que asume el comprador. El asesoramiento conjunto del abogado societario y del especialista fiscal es esencial en ese punto.

Para empresas que evalúan operaciones con presencia o partes en Navarra y el norte de España, nuestro equipo en la región tiene experiencia en operaciones con componentes forales y conexiones transfronterizas.

Due diligence en operaciones de inversión y entrada de capital: especificidades

No toda operación que exige diligencia debida es una compraventa total de la empresa. La entrada de un inversor de capital riesgo, un business angel o un socio industrial en una ronda de inversión genera necesidades de análisis similares, aunque con matices propios.

En ese tipo de operaciones, la diligencia debida del inversor se centra en verificar que la sociedad no tiene contingencias que comprometan su valoración o que puedan limitar la capacidad de la empresa para operar. Pero también se analiza el marco de gobierno corporativo que regulará la relación entre el equipo fundador y el nuevo inversor.

El pacto de socios es el eje central de esa negociación. En él se regulan los derechos políticos y económicos del inversor, los mecanismos de protección frente a diluciones futuras (derechos de preferencia, cláusulas antidilución), las condiciones de salida y los eventuales compromisos de permanencia del equipo fundador.

El mito de que los estatutos estándar bastan para regular la relación entre socios es uno de los errores más extendidos entre fundadores que afrontan su primera ronda de inversión. Los estatutos inscritos en el Registro Mercantil son un documento público con un contenido mínimo legal. El pacto de socios es el instrumento privado donde reside la arquitectura real de poder y de valor de la sociedad.

Hemos asesorado operaciones societarias y de M&A en sectores tecnológico, industrial y de servicios, y en todos ellos la negociación del pacto de socios ha sido el momento donde se ha definido, en la práctica, quién controla la sociedad y a qué precio se cierra cada etapa de la operación.

Para ampliar el análisis sobre operaciones de capital y estructuras de financiación complementarias, puede consultar nuestra guía sobre ampliación de capital, donde desarrollamos los mecanismos de refuerzo del capital en distintos escenarios operativos.

Checklist para gestionar el proceso de due diligence legal

A modo de síntesis operativa, el proceso de diligencia debida legal en una operación de compraventa de empresa o de entrada de inversor puede organizarse en torno a los siguientes elementos de control.

  • Firma del NDA antes de compartir cualquier documento o dato de la sociedad.
  • Alineación de términos esenciales mediante una hoja de términos o carta de intenciones no vinculante, para verificar que las expectativas de precio y estructura son compatibles antes de iniciar el análisis completo.
  • Preparación del cuarto de datos con documentación societaria completa: escrituras, estatutos, libro registro, actas de los últimos ejercicios y pacto de socios vigente.
  • Revisión societaria: verificación de la estructura de capital, cargas sobre participaciones, restricciones a la transmisión y situación registral.
  • Revisión contractual: contratos relevantes con clientes, proveedores, financiadores y arrendadores; identificación de cláusulas de cambio de control.
  • Revisión laboral: plantilla, convenios aplicables, contratos de alta dirección, acuerdos de no competencia y contingencias ante la Inspección de Trabajo.
  • Revisión fiscal: declaraciones de los últimos ejercicios cubiertos por el plazo de prescripción de cuatro años, tratamiento del IVA, retenciones y precios de transferencia si hay estructura holding.
  • Revisión de litigios y contingencias regulatorias: procedimientos judiciales, arbitrajes, expedientes ante la CNMC, cumplimiento del RGPD y la LOPDGDD.
  • Informe de hallazgos clasificados por materialidad: críticos, relevantes e informativos.
  • Negociación del SPA con las garantías, indemnidades y mecanismos de ajuste o escrow derivados de los hallazgos del análisis.
  • Cierre y firma del pacto de socios cuando el vendedor permanece parcialmente en el capital o cuando entra un nuevo inversor que requiere mecanismos de gobierno acordados.

Este checklist no es exhaustivo. Cada operación presenta especificidades que pueden requerir análisis adicionales en materia de propiedad industrial, normativa sectorial o regulación de inversión extranjera. El asesoramiento jurídico externo permite calibrar el alcance del proceso a la complejidad y al valor de la transacción concreta.

Servicios relacionados

La diligencia debida legal es un servicio que se enmarca en la práctica de Derecho societario y operaciones (M&A), pero sus hallazgos conectan de forma natural con otras áreas. Las contingencias fiscales identificadas en el análisis pueden requerir asesoramiento especializado en materia de Impuesto sobre Sociedades y precios de transferencia. Las contingencias laborales, especialmente en plantillas con alta antigüedad o con acuerdos de alta dirección, exigen el concurso del equipo de Derecho del trabajo. Si la sociedad objetivo opera en sectores de tecnología o datos, el análisis del RGPD y la LOPDGDD, así como de los derechos de propiedad intelectual sobre el software o las bases de datos, se incorpora al alcance de la diligencia.

Preguntas frecuentes

¿Qué implica cómo realizar una due diligence legal para una empresa?
Realizar una diligencia debida legal implica analizar de forma exhaustiva el estado jurídico de la sociedad objetivo antes de cerrar una operación de M&A o de entrada de capital. Cubre las áreas societaria, contractual, laboral, fiscal y de contingencias regulatorias. Su resultado determina el precio definitivo, las garantías del contrato y, en su caso, las condiciones suspensivas para el cierre. No es un trámite opcional: es el instrumento que convierte la incertidumbre de la operación en información accionable.
¿Qué plazos y costes conlleva cómo realizar una due diligence legal?
Los plazos varían según la complejidad de la sociedad y el alcance acordado entre las partes. En operaciones sobre pymes con estructura sencilla, el proceso puede completarse en pocas semanas. En sociedades de mayor tamaño, con filiales, estructura holding o contingencias regulatorias significativas, el proceso puede extenderse varios meses. El coste del análisis debe ponerse en perspectiva frente al valor de la operación: identificar una contingencia laboral o fiscal antes del cierre evita, con frecuencia, un coste muy superior tras la transmisión.
¿Qué riesgos hay que evitar en cómo realizar una due diligence legal?
Los riesgos más frecuentes son: iniciar el proceso con el acuerdo ya comprometido públicamente, lo que limita la capacidad de renegociar; confundir la revisión contable con el análisis jurídico; no solicitar ni analizar el pacto de socios existente; y no verificar las cláusulas de cambio de control en los contratos relevantes. También es un riesgo frecuente no cubrir las contingencias de los cuatro ejercicios anteriores dentro del plazo de prescripción tributaria general.
¿Cuándo conviene contar con asesoramiento en cómo realizar una due diligence legal?
El momento óptimo para involucrar al asesor jurídico externo es antes de firmar cualquier documento con el vendedor, incluida la carta de intenciones. El asesoramiento temprano permite diseñar la estructura de la operación y el alcance de la diligencia debida de forma eficiente, reduciendo tanto el riesgo como el coste total del proceso. Esperar a que surjan los primeros problemas en la negociación del SPA eleva el coste y reduce el margen de maniobra del comprador.

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