Muchas empresas emergentes llegan a un punto en el que una línea de negocio crece más deprisa que el resto. En ese momento, mantenerlo todo bajo una sola estructura puede convertirse en un freno para la inversión. La escisión parcial es el instrumento que permite separar esa rama de actividad, transferirla a una sociedad nueva o ya existente y abrirla a financiación externa sin disolver la entidad de origen. El coste de no actuar a tiempo es perder la ventana de entrada de un inversor o deteriorar la valoración de la compañía.
La escisión parcial es una modalidad de modificación estructural por la que una sociedad segrega una o varias unidades económicas – con sus activos, pasivos, contratos y personal – y las transmite en bloque a una sociedad beneficiaria. La entidad de origen no se extingue: sigue operando con el patrimonio que no se ha segregado. En el mundo de las startups, este mecanismo se activa principalmente en tres escenarios.
El primero es la preparación de una ronda de financiación sectorial. Cuando un fondo de capital riesgo quiere invertir únicamente en una unidad de negocio concreta – por ejemplo, una plataforma de datos dentro de una empresa de servicios digitales más amplia – la escisión parcial aisla esa unidad y permite estructurar la ronda sin arrastrar los riesgos del resto de la compañía.
El segundo escenario es la creación de una sociedad holding que consolide las participaciones de los fundadores y de los inversores existentes. Separar la gestión operativa de la titularidad patrimonial simplifica la entrada de nuevos socios y facilita la planificación fiscal y sucesoria de los fundadores.
El tercero, y cada vez más frecuente en nuestra práctica, es la preparación de una desinversión parcial. Un industrial o un fondo que quiere vender solo una división de su cartera recurre a la escisión para que el comprador adquiera una entidad jurídica limpia, sin arrastrar las contingencias históricas de la matriz. En operaciones de compraventa de empresa con componente tecnológico, esta limpieza estructural acelera el cierre.
La distinción frente a la escisión total es relevante: en la escisión total la sociedad se extingue y todo su patrimonio se reparte entre las beneficiarias. En la escisión parcial, la sociedad de origen subsiste. Esta diferencia tiene consecuencias directas sobre el régimen de responsabilidad, la fiscalidad y el tratamiento del pacto de socios.
La escisión parcial en España se inscribe en el régimen de modificaciones estructurales regulado en la legislación societaria vigente. La entrada en vigor de la transposición europea en materia de transformaciones, fusiones y escisiones transfronterizas ha actualizado el procedimiento, introduciendo nuevas exigencias de información y plazos específicos que conviene verificar con la normativa publicada en el Boletín Oficial del Estado en el momento de planificar la operación.
Los requisitos esenciales son cuatro. Primero, la elaboración de un proyecto de escisión suscrito por los administradores de todas las sociedades intervinientes. Este documento describe el patrimonio que se segrega, la relación de canje de participaciones o acciones y el calendario previsto. Es el corazón de la operación: un proyecto mal redactado genera impugnaciones.
Segundo, un informe de los administradores que justifique la operación desde el punto de vista jurídico y económico. En el contexto de una startup respaldada por venture capital, este informe debe reflejar la lógica inversora y el impacto sobre los distintos tipos de participaciones – ordinarias, privilegiadas, phantom shares – que ya pueden estar en circulación.
Tercero, la aprobación por la junta general de cada sociedad interviniente con las mayorías reforzadas que exige la legislación de sociedades de capital. Si el pacto de socios existente contiene cláusulas de consentimiento o derechos de veto de los inversores, esas cláusulas pueden imponer mayorías aún más exigentes. Un equipo de abogados societarios experimentados revisará el pacto antes de convocar la junta.
Cuarto, la inscripción en el Registro Mercantil y, si hay inmuebles o marcas en el bloque segregado, las correspondientes inscripciones en el Registro de la Propiedad y en la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM). La coordinación entre registros es uno de los focos de retraso más habituales en la práctica.
En cuanto a la fiscalidad, la normativa tributaria prevé el régimen de neutralidad fiscal para las operaciones de reestructuración empresarial, que permite diferir la tributación si se cumplen determinados requisitos de fondo y de forma – entre ellos, que existan motivos económicos válidos y que la operación no tenga como objetivo principal la evasión fiscal. El asesoramiento fiscal debe iniciarse en paralelo al societario, nunca después.
El error más frecuente que hemos observado en nuestra práctica con empresas tecnológicas y de servicios es tratar la escisión como un trámite notarial. No lo es. Es una operación de M&A con plazos, contingencias y partes múltiples. Estas son las decisiones que la dirección debe resolver antes de encomendar el mandato a su abogado societario.
La legislación exige que el patrimonio segregado constituya una "unidad económica autónoma". Este concepto no es meramente contable: implica que el bloque pueda operar de forma independiente. Si la startup comparte infraestructura tecnológica, contratos de servicios o equipos entre sus divisiones, la delimitación es compleja. Conviene realizar una diligencia debida (due diligence) interna antes de formalizar el proyecto de escisión. De lo contrario, el Registro Mercantil puede objetar la operación.
El pacto de socios es el documento que con mayor probabilidad bloqueará o condicionará la operación. Los fondos de capital riesgo que han entrado en rondas previas suelen negociar derechos de arrastre, derechos de acompañamiento, cláusulas antidilución y derechos de preferencia sobre nuevas estructuras. Una escisión parcial puede activar varios de estos mecanismos a la vez. La revisión del pacto – y en su caso la renegociación con los inversores existentes – es la primera tarea jurídica, no la última.
En nuestra experiencia, los fundadores suelen subestimar el peso de estas cláusulas hasta que un inversor las invoca para vetar o retrasar la operación. Un asesoramiento temprano evita negociar en posición debilitada cuando ya hay un término de cierre frente a un inversor entrante.
La relación de canje determina qué participaciones reciben los socios de la sociedad escindida en la beneficiaria. En una startup con múltiples clases de participaciones, calcular una relación de canje equitativa requiere una valoración técnica que soporte el escrutinio de todos los socios. Si la relación de canje es cuestionable, cualquier socio disconforme puede impugnar el acuerdo de escisión ante los juzgados de lo mercantil.
La operación tiene hitos secuenciales que no pueden comprimirse arbitrariamente. La legislación establece plazos de publicidad, oposición de acreedores y coordinación registral. En operaciones con componente transfronterizo – frecuentes cuando uno de los fondos inversores tiene domicilio en otro Estado miembro de la Unión Europea – los plazos se amplían. La firma del term sheet con el inversor entrante debe tener en cuenta este calendario real, no el deseable.
La diligencia debida (due diligence) no es un requisito formal de la escisión parcial, pero es imprescindible en cualquier operación que implique la entrada de un nuevo inversor o la posterior compraventa de empresa. Su función es identificar las contingencias que, de no resolverse antes de segregar el bloque, migrarán a la sociedad beneficiaria y reducirán su valor o generarán responsabilidad futura.
En el contexto de una startup, los focos habituales de riesgo son los siguientes.
Hemos asesorado operaciones societarias y de M&A en sectores tecnológico, industrial y de servicios. En todos ellos, la diligencia debida previa a la escisión ha sido el factor que más ha contribuido a sostener la valoración acordada con el inversor durante la negociación.
La escisión parcial no termina con la inscripción registral. La sociedad beneficiaria tiene una estructura de capital y un gobierno corporativo que deben regularse desde el primer día. Si la escisión se realiza para dar entrada a un fondo de venture capital, el pacto de socios de la nueva entidad será tan importante – o más – que el de la sociedad de origen.
En nuestra práctica de operaciones de M&A, los puntos más conflictivos en la negociación del nuevo pacto son habitualmente tres.
El primero es la estructura de liquidación preferente. Los inversores de capital riesgo suelen exigir un derecho de cobro preferente en caso de venta o liquidación, que puede ser participativo o no participativo. La redacción de esta cláusula determina cuánto cobran los fundadores en un escenario de salida y cuánto retiene el fondo.
El segundo es el régimen antidilución. Si la sociedad beneficiaria capta nuevas rondas a una valoración inferior a la de entrada del inversor actual – el temido escenario de "down round" – las cláusulas antidilución pueden obligar a los fundadores a emitir nuevas participaciones en condiciones desfavorables. Diseñar correctamente estas cláusulas desde el principio es más sencillo que renegociarlas cuando el escenario se materializa.
El tercero es el régimen de arrastre y acompañamiento. Las cláusulas de arrastre (drag-along) permiten al inversor mayoritario obligar a los fundadores a vender si recibe una oferta. Las de acompañamiento (tag-along) protegen a los socios minoritarios. El equilibrio entre ambas define la capacidad real de los fundadores para controlar el proceso de salida. Puede ampliar esta perspectiva en nuestra guía sobre cómo diseñar cláusulas de salida drag-along y tag-along.
La experiencia demuestra que las operaciones de escisión bien ejecutadas siguen un proceso estructurado en fases que gestiona los riesgos antes de que se conviertan en problemas. Describimos a continuación el enfoque que aplicamos habitualmente.
Antes de redactar ningún documento, realizamos una revisión del pacto de socios vigente, de los contratos más relevantes de la sociedad y de la situación fiscal y laboral del bloque que se va a segregar. El objetivo es identificar los obstáculos reales y diseñar la estructura de la operación con conocimiento de causa. Esta fase es la que con mayor frecuencia evita costes y retrasos posteriores.
Con el diagnóstico en mano, definimos el perímetro exacto del bloque patrimonial, la relación de canje, la estructura fiscal de la operación – incluyendo la aplicación del régimen de neutralidad – y el calendario. Si hay inversores existentes cuyos derechos se ven afectados, coordinamos la comunicación y la eventual renegociación del pacto antes de convocar la junta general.
Redactamos el proyecto de escisión, el informe de administradores y todos los documentos necesarios para la aprobación en junta. Coordinamos con el notario la elevación a escritura pública y preparamos los expedientes registrales. Si el bloque incluye inmuebles, marcas u otros activos con registro propio, gestionamos las inscripciones específicas.
Una vez constituida o adaptada la sociedad beneficiaria, asesoramos en la negociación del pacto de socios con el inversor entrante. Cubrimos tanto la parte societaria como la revisión de los aspectos fiscales y laborales relevantes para la nueva estructura. Este es el momento de plasmar por escrito el modelo de gobierno y los derechos de los distintos socios.
Verificamos que todas las inscripciones han quedado practicadas, que los contratos con clientes y proveedores se han novado o cedido donde era necesario y que el personal ha quedado correctamente adscrito a la nueva entidad. Entregamos un cuaderno de cierre completo de la operación.
Para comprender cómo se aplica este proceso en un entorno industrial, puede consultar nuestro análisis de un caso de diligencia debida en industria y manufactura, que ilustra los puntos de riesgo más habituales en operaciones de este tipo.
Identificar los errores más comunes es tan útil como conocer el procedimiento correcto. La creencia de que los estatutos estándar bastan para regular la relación entre socios en una startup con inversores de venture capital es uno de los mitos más costosos. Los estatutos definen el marco legal mínimo, pero no cubren los escenarios de salida, los conflictos de valoración ni los derechos económicos especiales que los fondos negocian en cada ronda. Sin un pacto de socios específico, la empresa queda desprotegida frente a decisiones unilaterales de cualquier socio relevante.
El pacto de socios y la diligencia debida determinan quién controla la sociedad y a qué precio se cierra la operación. No son accesorios: son los documentos que gobiernan la relación entre fundadores e inversores a lo largo de toda la vida de la compañía.
Otros errores frecuentes en nuestra experiencia son los siguientes.
Esta lista no sustituye al asesoramiento jurídico específico, pero sirve como guía de diagnóstico inicial para los equipos directivos que se plantean una escisión parcial.
La escisión parcial conecta habitualmente con otras operaciones de nuestro ámbito de práctica. Si su empresa está evaluando simultáneamente la entrada de un nuevo inversor, la estructuración de una sociedad holding o la preparación de una compraventa de empresa, le recomendamos revisar nuestro apartado de Derecho societario y operaciones M&A, donde encontrará el detalle completo de nuestra oferta de servicio en este ámbito. Si necesita asesoramiento en protección de datos para la nueva entidad resultante de la escisión – especialmente relevante cuando el bloque segregado incluye plataformas digitales con usuarios – podemos coordinar el trabajo con nuestro equipo de compliance desde el inicio.
Para una primera valoración, escríbanos a info@velardevidal.com.
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