MadridBarcelonainfo@velardevidal.com
Firma Legal & Tax
España · desde 2023
V&V Velarde & VidalLegal & Tax
InicioAnálisisFiscal
Inicio · Areas · Laboral y movilidad · Prevención de riesgos y compliance laboral
Laboral y movilidad internacional

Prevención de riesgos y compliance laboral

Por Hugo Benavent, Asociado — Laboral, movilidad e inversión extranjeraActualizado: 2027-02-03

La normativa laboral española exige a las empresas un nivel de diligencia que, en la práctica, supera con frecuencia lo que la dirección percibe en el día a día. Identificar el riesgo, documentar la decisión y gestionar el procedimiento en plazo son las tres variables que separan una extinción controlada de una condena judicial con coste imprevisible. En nuestra experiencia asesorando a empresas en España, la diferencia entre ambos escenarios se construye antes de que el conflicto surja.

En breve: La prevención de riesgos y el compliance laboral obligan a la empresa a anticipar el incumplimiento antes de que sea reclamable. La legislación laboral española – en particular el Estatuto de los Trabajadores y la normativa de prevención de riesgos – impone obligaciones de procedimiento cuyo incumplimiento genera responsabilidad independientemente del fondo del asunto. El asesoramiento temprano reduce el coste real y la exposición de la dirección.

Qué exige realmente el marco jurídico laboral a la dirección de una empresa

El Estatuto de los Trabajadores no es únicamente un catálogo de derechos de los trabajadores. Es, también, un régimen de obligaciones procedimentales para el empleador cuyo incumplimiento genera consecuencias autónomas. La dirección que gestiona la relación laboral sin asesoramiento especializado frecuentemente ignora que el procedimiento tiene tanto peso jurídico como el fondo de la decisión.

¿Cuáles son esas obligaciones? La empresa debe cumplir con deberes de información, consulta, registro, documentación y comunicación a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social que se activan en momentos concretos del ciclo de vida del trabajador: la contratación, la modificación de condiciones, la suspensión, la extinción y los supuestos de movilidad. Cada uno de esos momentos tiene un plazo. Ese plazo, una vez vencido, no se recupera.

La normativa de prevención de riesgos laborales añade una capa adicional. La empresa no puede limitarse a tener suscrito un servicio de prevención ajeno y creer que el riesgo está cubierto. La obligación legal exige evaluar los riesgos específicos del puesto, adoptar medidas correctoras, formar e informar al trabajador y documentar todo el proceso. El incumplimiento no solo genera sanción administrativa: en caso de accidente, puede derivar en responsabilidad penal de los administradores.

En nuestra práctica hemos observado que las empresas de tamaño medio suelen tener contratado el servicio de prevención pero carecen de la documentación que acredita la entrega de información al trabajador. Esa brecha documental es la que, ante una Inspección de Trabajo, determina la imposición de una sanción.

Compliance laboral: más allá del cumplimiento formal

El compliance laboral es el sistema por el que la empresa estructura sus procesos internos para cumplir de forma sistemática con la legislación laboral, los convenios colectivos aplicables y las obligaciones específicas del sector. No es un trámite puntual. Es una función continua que debe integrarse en la operación de recursos humanos.

¿Por qué la empresa no puede delegar esto únicamente en el departamento de personal? Porque las obligaciones de compliance laboral afectan a decisiones de negocio que trascienden la gestión administrativa del personal. La decisión de externalizar un servicio, de implantar un sistema de retribución variable, de incorporar un directivo de alta dirección o de contratar trabajadores desplazados desde el extranjero genera consecuencias laborales, fiscales y de seguridad social que deben analizarse antes de ejecutarse.

Los ejes del compliance laboral que con mayor frecuencia generan contingencias en empresas medianas y grandes son los siguientes:

  • Registro de jornada y control horario: obligación legal cuyo incumplimiento es detectado de forma sistemática por la Inspección de Trabajo.
  • Plan de igualdad: las empresas con cincuenta o más trabajadores tienen la obligación legal de negociar y aplicar un plan de igualdad registrado. La ausencia de plan negociado constituye infracción grave.
  • Protocolo de acoso sexual y por razón de sexo: exigible con independencia del tamaño de la empresa.
  • Canal de denuncias interno: la normativa vigente impone su implantación a empresas a partir de un determinado umbral de plantilla.
  • Clasificación profesional y negociación colectiva: la vinculación correcta al convenio colectivo aplicable es fuente frecuente de reclamaciones.

Hemos asesorado reestructuraciones, contratación de directivos y movilidad internacional en empresas medianas y grandes, y en todos esos procesos el compliance laboral previo ha sido determinante para reducir la contingencia posterior.

Decisiones críticas que la dirección debe gestionar con criterio jurídico

La creencia de que indemnizar es siempre la vía más segura y barata para extinguir un contrato es uno de los errores más costosos que cometen las empresas. La realidad es otra. La causa, el procedimiento y la negociación previa determinan el coste real y el riesgo de que la extinción sea declarada improcedente. Una extinción objetiva bien documentada puede tener un coste significativamente inferior al de un acuerdo precipitado alcanzado sin análisis previo.

Las decisiones que concentran mayor riesgo jurídico son:

  1. Extinciones por causas objetivas: la indemnización por despido objetivo es de veinte días de salario por año trabajado con un máximo de doce mensualidades. Pero la correcta acreditación de la causa es lo que permite sostener esa cuantía ante el juzgado de lo social.
  2. Despidos colectivos (ERE): la tramitación de un expediente de regulación de empleo exige seguir un procedimiento de consultas con la representación de los trabajadores, cumplir plazos determinados por la normativa y comunicar a la autoridad laboral. El incumplimiento procedimental puede determinar la nulidad, con obligación de readmisión.
  3. Modificación sustancial de condiciones de trabajo: la reducción unilateral del salario, el cambio de turno o la modificación de funciones sin seguir el procedimiento legal son igualmente fuente de impugnaciones.
  4. Alta dirección: los contratos de alta dirección se rigen por normativa específica distinta al Estatuto de los Trabajadores. La extinción de estos contratos, si no está bien estructurada desde el inicio, puede generar reclamaciones por cuantías elevadas que la empresa no anticipó.
  5. Movilidad internacional: la contratación de trabajadores desplazados a España o enviados al extranjero activa obligaciones de seguridad social, fiscales y laborales en dos jurisdicciones simultáneamente.

La empresa que reestructura plantilla, contrata talento internacional o extingue contratos sin haber blindado la decisión jurídicamente de forma previa asume un riesgo que, con frecuencia, supera con creces el coste del asesoramiento preventivo.

¿Cómo se gestiona un proceso de despido colectivo con control de riesgo?

El despido colectivo o ERE es el procedimiento de mayor complejidad operativa en el ámbito laboral empresarial. Su tramitación exige una planificación rigurosa que comienza antes de que la dirección comunique internamente cualquier decisión.

La fase previa al inicio formal del procedimiento es la más relevante. En ella se deben identificar las causas con precisión, seleccionar los trabajadores afectados conforme a criterios objetivos y documentados, y evaluar las medidas alternativas que la normativa exige considerar. Este trabajo previo no es un formalismo: es la base sobre la que se sostiene la decisión ante el juzgado de lo mercantil si el procedimiento es impugnado.

El período de consultas con los representantes de los trabajadores tiene una duración mínima fijada por la normativa laboral vigente. Durante ese período, la empresa está obligada a negociar de buena fe, a entregar la documentación que exige la normativa y a responder a las propuestas de la representación sindical. Un error documental en esta fase puede determinar la nulidad del despido colectivo con todas sus consecuencias.

Una vez concluido el período de consultas – con o sin acuerdo –, la empresa debe comunicar individualmente a cada trabajador afectado y depositar las indemnizaciones conforme a la normativa. El plazo para impugnar el despido es de veinte días hábiles desde la notificación individual. Ese es el momento en el que la solidez de la documentación previa se pone a prueba.

La Inspección de Trabajo puede intervenir durante el proceso a solicitud de la representación sindical. Una documentación incompleta o una comunicación defectuosa en este momento puede derivar en un procedimiento de oficio que complique la resolución del expediente.

¿Qué riesgos conlleva la movilidad internacional y el régimen de trabajadores desplazados?

La movilidad internacional del talento es una fuente creciente de contingencias laborales y fiscales para las empresas que operan en varios países o que incorporan directivos extranjeros en España. El riesgo principal no es el desconocimiento de la normativa extranjera: es la falta de coordinación entre la legislación laboral española, las normas de seguridad social aplicables y las obligaciones fiscales del trabajador desplazado.

España cuenta con el denominado régimen de impatriados, conocido informalmente como régimen Beckham, que permite a determinados trabajadores y directivos que trasladan su residencia fiscal a España tributar a un tipo del veinticuatro por ciento hasta seiscientos mil euros de base, siempre que no hayan sido residentes en España durante los cinco años anteriores a su llegada. Este régimen tiene una duración máxima del año de cambio de residencia y los cinco siguientes.

La correcta aplicación de este régimen requiere cumplir plazos estrictos de solicitud, coordinar la baja en la residencia fiscal del país de origen y gestionar el alta en la Seguridad Social española de forma coherente con el convenio bilateral aplicable. Un error en este proceso puede privar al trabajador del régimen especial de forma definitiva, con un impacto fiscal significativo que frecuentemente recae sobre la empresa si así se pactó en el contrato.

Para los trabajadores desplazados por la empresa al extranjero, el análisis debe incluir la determinación de la legislación de seguridad social aplicable (formulario A1 en el ámbito de la Unión Europea), la correcta estructuración del contrato de desplazamiento y la evaluación de las obligaciones locales en el país de destino. Coordinamos con abogados locales de confianza en la jurisdicción correspondiente para garantizar que la planificación sea coherente en ambas puntas de la operación.

Puede consultar el detalle de nuestra práctica en el área de Laboral y movilidad internacional, donde se desarrollan todos los servicios relacionados con la gestión del capital humano desde la perspectiva jurídica y fiscal.

Cómo el asesoramiento preventivo reduce el coste y el riesgo de la empresa

La pregunta que los directores financieros formulan con más frecuencia es directa: ¿cuánto cuesta asesorarse frente a cuánto cuesta no hacerlo? La respuesta, en el ámbito laboral, es sistemáticamente favorable al asesoramiento previo.

El coste de un procedimiento judicial por despido improcedente incluye, además de la diferencia de indemnización, los salarios de tramitación si el despido se declara nulo, las costas del proceso y el tiempo de gestión interna durante el litigio. En una empresa con plantilla de cierto tamaño, un despido colectivo impugnado con éxito por los trabajadores puede generar una contingencia que multiplica varias veces el coste del asesoramiento que lo hubiera evitado.

El compliance laboral preventivo actúa en tres planos simultáneos. Primero, detecta las brechas documentales antes de que las detecte la Inspección de Trabajo: el registro de jornada incompleto, el plan de igualdad no negociado, el protocolo de acoso no implantado. Segundo, estructura las decisiones de extinción, modificación o reestructuración de forma que soporten el escrutinio judicial. Tercero, genera una cultura interna de cumplimiento que reduce la probabilidad de que surjan conflictos individuales que se enquistan hasta llegar al juzgado de lo social.

¿Cuándo es demasiado tarde para el asesoramiento preventivo? En nuestra experiencia, el punto de inflexión es la comunicación interna de la decisión a los responsables de área. Una vez que la decisión empieza a circular dentro de la empresa, los plazos se comprimen, la documentación de soporte debe construirse con urgencia y el margen de negociación con la representación sindical se estrecha. El asesoramiento previo a ese momento es cualitativamente diferente al que se presta cuando la decisión ya está en marcha.

Para quienes gestionan sectores industriales con alta densidad de representación sindical, la guía sobre industria y manufactura: cómo aplicar la normativa laboral ofrece un marco práctico de referencia para anticipar los puntos de mayor fricción.

¿Qué aspectos clave hay que considerar en la contratación y extinción de contratos de alta dirección?

Los contratos de alta dirección son el vehículo de incorporación de los ejecutivos de primer nivel: consejeros delegados, directores generales, directores de área con poderes amplios. Su régimen jurídico es específico y, en varios aspectos, más flexible que el del trabajador ordinario. Pero esa flexibilidad tiene una contrapartida: las cláusulas que no se negocian bien en el momento de la contratación generan reclamaciones significativas en el momento de la extinción.

Los aspectos que requieren atención jurídica especializada en la contratación de un directivo son:

  • La correcta calificación jurídica de la relación (alta dirección frente a relación laboral común) y sus consecuencias sobre el régimen de extinción aplicable.
  • Las cláusulas de no competencia (non-compete) postcontractual: su validez depende de que estén adecuadamente compensadas y tengan un alcance temporal y geográfico razonable conforme a la jurisprudencia consolidada.
  • Las indemnizaciones pactadas en caso de desistimiento del empresario: la normativa de alta dirección fija una indemnización mínima legal, pero las partes pueden elevarla mediante pacto.
  • La confidencialidad y protección de información sensible, que debe vincularse a la normativa de protección de datos vigente.
  • La retribución variable, su devengo y las condiciones de liquidación en caso de extinción.

Acompañamos a un grupo industrial del noroeste en la estructuración de contratos de alta dirección para tres ejecutivos reubicados desde una operación transfronteriza; la coordinación entre el régimen de alta dirección español, el régimen fiscal del impatriado y la normativa de seguridad social bilateral permitió cerrar la incorporación en los plazos previstos por la empresa y sin contingencias posteriores.

Para los aspectos específicos de la extinción de estos contratos, puede consultar nuestra guía sobre cómo extinguir un contrato de alta dirección, donde se desarrollan los mecanismos disponibles y las cautelas procedimentales.

Auditoría laboral: el punto de partida para una empresa sin brechas documentales

Antes de diseñar un sistema de compliance laboral, la empresa necesita saber cuál es su situación real de partida. La auditoría laboral es el instrumento que permite diagnosticar las brechas existentes entre las obligaciones legales vigentes y la práctica interna de la empresa.

Una auditoría laboral bien ejecutada revisa los contratos vigentes y su adecuación a la normativa actual, la correcta aplicación del convenio colectivo, el registro de jornada, los sistemas de retribución variable, el estado del plan de igualdad, la existencia y actualización de los protocolos obligatorios y la documentación de prevención de riesgos laborales. El resultado es un mapa de contingencias ordenado por nivel de riesgo que permite a la dirección priorizar las acciones correctoras.

La utilidad de la auditoría no es únicamente defensiva. En una operación de fusión o adquisición, la diligencia debida (due diligence) laboral es un elemento determinante del precio y de las condiciones de cierre. Un pasivo laboral no identificado antes del cierre de la operación puede recaer sobre el adquirente conforme a las reglas de sucesión de empresa de la legislación española. Las empresas que han completado una auditoría laboral previa a la venta están en posición de negociar desde una posición de información verificada.

En nuestra práctica, la auditoría laboral previa a una reestructuración ha permitido a varios grupos industriales identificar contingencias de convenio colectivo que, de no haberse detectado, habrían generado reclamaciones retroactivas cuantiosas. La detección temprana convirtió un riesgo litigioso en una negociación controlada.

Checklist de compliance laboral para la empresa: los compromisos que no admiten demora

Las obligaciones que siguen concentran el mayor número de expedientes sancionadores abiertos por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en los últimos años. La empresa que no las tiene cubiertas está expuesta a una sanción que puede ser grave o muy grave, con importes que se actualizan periódicamente y que pueden ser significativos en función del tamaño de la empresa.

  • Registro diario de jornada: obligatorio para todas las empresas, con independencia del tamaño. El sistema de registro debe ser fidedigno, accesible a la Inspección y conservado durante el plazo que fija la legislación vigente.
  • Plan de igualdad: las empresas obligadas por razón de plantilla deben tenerlo negociado, firmado, registrado e implantado. Su ausencia es infracción grave.
  • Protocolo de acoso: exigible a todas las empresas, con independencia del número de trabajadores.
  • Canal de denuncias: la normativa de protección del informante impone su implantación a las empresas que superan el umbral legal de trabajadores. El canal debe ser confidencial, independiente y gestionar las comunicaciones en los plazos que fija la norma.
  • Evaluación de riesgos laborales: actualizada, específica por puesto y documentada. La genérica no basta.
  • Formación en prevención de riesgos: acreditada documentalmente, específica para el puesto y renovada con la periodicidad que exige la normativa del sector.
  • Registro retributivo: obligatorio con independencia del tamaño de la empresa; debe reflejar los valores medios de los salarios desagregados por sexo y categoría.
  • Aplicación correcta del convenio colectivo: la categoría, el salario, los complementos y la jornada deben ajustarse al convenio sectorial o de empresa que resulte aplicable.

Si necesita que le evaluemos la situación de su empresa en cualquiera de estos ejes, plantéenos su caso en info@velardevidal.com.

Servicios relacionados

El compliance laboral se conecta de forma directa con el área fiscal cuando la empresa gestiona desplazamientos internacionales, estructura retribución en especie o aplica el régimen de impatriados. Del mismo modo, las reestructuraciones de plantilla frecuentemente tienen implicaciones societarias que requieren coordinación entre la práctica laboral y la práctica de Derecho societario. En nuestra área de Laboral y movilidad internacional puede consultar el alcance completo de los servicios disponibles y el equipo que los gestiona.

Preguntas frecuentes

¿Qué implica prevención de riesgos y compliance laboral para una empresa?
Implica identificar, documentar y gestionar de forma sistemática todas las obligaciones que la legislación laboral española impone al empleador: desde la evaluación de riesgos del puesto y la formación preventiva hasta el plan de igualdad, el registro de jornada, el protocolo de acoso y el canal de denuncias. No es un ejercicio puntual: es una función continua que debe integrarse en la operación de recursos humanos y revisarse con regularidad ante cambios normativos o de plantilla.
¿Qué plazos y costes conlleva prevención de riesgos y compliance laboral?
Los plazos los fija la legislación laboral vigente y varían según la obligación concreta: la impugnación del despido debe ejercitarse en veinte días hábiles; la notificación de una brecha de seguridad en el tratamiento de datos de los trabajadores, en setenta y dos horas. El coste del incumplimiento – sanciones, indemnizaciones adicionales o condenas a readmisión – supera sistemáticamente el coste del asesoramiento preventivo. Los importes de las sanciones laborales se actualizan periódicamente y dependen del tipo y gravedad de la infracción.
¿Qué riesgos hay que evitar en prevención de riesgos y compliance laboral?
Los principales son: la declaración de nulidad de un despido colectivo por defecto procedimental; la sanción administrativa por ausencia de registro de jornada, plan de igualdad o evaluación de riesgos; la responsabilidad solidaria en supuestos de subcontratación sin acreditar el cumplimiento preventivo de la contratista; y la responsabilidad personal de los administradores en caso de accidente laboral vinculado a deficiencias en la organización preventiva. Todos son evitables con una gestión anticipada y documentada.
¿Cuándo conviene contar con asesoramiento en prevención de riesgos y compliance laboral?
Antes de que la decisión crítica esté en marcha. El momento idóneo es el anterior a cualquier cambio estructural: una reestructuración de plantilla, la incorporación de un directivo internacional, la externalización de un servicio o la apertura de un nuevo centro de trabajo. El asesoramiento posterior a la decisión reduce márgenes y eleva costes. Si necesita actuar, plantéenos su caso en info@velardevidal.com.

Hablemos de su caso

Para una primera valoración, escríbanos a info@velardevidal.com.

Plantear mi caso

Este contenido es informativo y no constituye asesoramiento jurídico. Para un análisis de su situación, contacte con info@velardevidal.com.