El ecosistema de startups y venture capital en España ha madurado de forma notable en la última década. Sin embargo, esa madurez también ha traído consigo una realidad que los fundadores y sus inversores conocen bien: el ciclo de vida de una empresa respaldada por capital riesgo no siempre termina en una salida exitosa. Cuando la liquidez se agota antes de lo previsto, cuando una ronda de financiación no cierra en el plazo esperado o cuando el modelo de negocio pierde tracción, la velocidad con que se toman las decisiones jurídicas marca la diferencia entre recuperar valor o perderlo todo. La inacción tiene un coste. En este análisis examinamos ese coste y las alternativas disponibles en el Derecho español vigente.
Las empresas en fase de crecimiento acelerado comparten una estructura financiera que las distingue del resto del tejido empresarial. Su capital procede, en su mayor parte, de rondas sucesivas de inversión: participaciones preferentes, préstamos convertibles, instrumentos de deuda con cláusulas de liquidación preferente. Esa arquitectura crea una tabla de capitalización compleja y, cuando llega la tensión, genera conflictos de interés entre fundadores, inversores de diferentes rondas y acreedores comerciales.
El primer riesgo específico de este segmento es la velocidad de deterioro. Una startup en fase de expansión puede consumir su tesorería en cuestión de meses. El llamado "runway" – período de tiempo hasta que se agotan los fondos – puede pasar de cómodo a crítico en un trimestre. Cuando eso ocurre, la presión para cerrar una nueva ronda a menudo lleva a los fundadores a posponer decisiones jurídicas que deberían haberse tomado mucho antes.
El segundo riesgo es la complejidad de la negociación. Los inversores de venture capital actúan a través de vehículos jurídicos especializados con términos contractuales sofisticados. Un proceso de reestructuración que afecte a deuda convertible o a participaciones preferentes con liquidación preferente requiere una coordinación jurídica entre la legislación concursal, la Ley de Sociedades de Capital y los pactos parasociales suscritos en cada ronda. En nuestra experiencia asesorando a empresas en esta situación, la falta de claridad sobre la prelación de derechos entre los distintos inversores es uno de los principales obstáculos para alcanzar un acuerdo extrajudicial.
¿Tiene su empresa un cuadro claro de quién cobra primero si se liquida? Si la respuesta es "no estamos seguros", el momento de clarificarlo es antes de que la tesorería entre en zona roja.
La legislación concursal española, actualizada mediante la reforma de 2022 que transpuso la Directiva europea de reestructuración e insolvencia, establece un régimen escalonado que va desde los instrumentos preconcursales hasta el concurso de acreedores como último recurso. Comprender esa escala es el punto de partida de cualquier estrategia de reestructuración.
El elemento central que el administrador de una startup debe interiorizar es el deber de solicitar el concurso dentro de los dos meses desde que conoció o debió conocer la situación de insolvencia. Ese plazo no es una orientación; es un límite jurídico cuyo incumplimiento genera responsabilidad concursal. Si el concurso acaba siendo declarado culpable, el administrador puede verse obligado a responder con su patrimonio personal por el déficit concursal.
Antes de llegar a ese umbral, la normativa ofrece dos vías principales. La primera es la comunicación de apertura de negociaciones, conocida coloquialmente como "preconcurso". Esta comunicación suspende temporalmente la obligación de solicitar el concurso y ofrece protección frente a las ejecuciones individuales de los acreedores. La segunda es el plan de reestructuración, instrumento preconcursal introducido por la reforma de 2022, que permite imponer los términos del acuerdo a acreedores disidentes mediante la homologación judicial, bajo condiciones específicas.
Para las startups, existe además el procedimiento especial para microempresas, en vigor desde el 1 de enero de 2023. Este procedimiento está diseñado para empresas de pequeño tamaño y ofrece un proceso simplificado tanto para el acuerdo de continuación como para la liquidación. Muchas startups en fases tempranas de desarrollo encajan en este perfil y pueden beneficiarse de una tramitación más ágil.
La competencia para conocer de todos estos procesos corresponde a los juzgados de lo mercantil, que en las plazas principales – Madrid y Barcelona – cuentan con una práctica consolidada en materia concursal y de reestructuración.
Esta es la pregunta que más nos formulan los consejos de administración de empresas en dificultades. La respuesta no es abstracta: la diferencia es la que existe entre controlar el proceso y ser controlado por él.
Cuando una empresa activa el preconcurso o negocia un plan de reestructuración antes de que la insolvencia sea irreversible, conserva el control de la gestión. El administrador sigue dirigiendo la empresa. Las negociaciones se desarrollan con mayor margen temporal y sin la presión que impone un procedimiento concursal abierto. Los proveedores y clientes estratégicos no reciben la señal negativa que genera la publicidad del concurso. Y, lo que es especialmente relevante para una startup, el valor de la tecnología, el equipo y los contratos comerciales se preserva mejor cuando no hay un administrador concursal designado por el juzgado.
El concurso tardío, por el contrario, llega con la empresa en situación de insolvencia definitiva. Los activos han perdido valor. Los empleados clave han buscado otras opciones. Los clientes han buscado alternativas. La marca ha sufrido un daño reputacional difícil de revertir. El margen de maniobra para negociar con los acreedores es mínimo porque el tiempo ha desaparecido como recurso.
Hemos dirigido reestructuraciones y procesos concursales en empresas industriales y de servicios. La diferencia entre los expedientes que llegaron a nosotros en fase temprana y los que llegaron cuando el deterioro era ya avanzado es, en términos de opciones disponibles, radical. En los primeros, el abanico de salidas era amplio: renegociación de deuda, entrada de nuevos inversores, venta de unidades productivas en marcha. En los segundos, la única discusión era la de minimizar daños.
En el ecosistema de venture capital español, los fundadores acostumbran a concentrar su atención en la negociación con los inversores, el desarrollo de producto y el crecimiento de usuarios. La responsabilidad personal que deriva de su condición de administradores de la sociedad queda en un segundo plano. Ese descuido tiene consecuencias.
La normativa societaria establece que los administradores responden frente a la sociedad, los socios y los acreedores del daño causado por actos contrarios a la ley o por incumplimiento de sus deberes. La legislación concursal añade una capa adicional: si el concurso es declarado culpable, las personas afectadas por la calificación – típicamente los administradores – pueden ser condenadas a cubrir el déficit concursal con su patrimonio personal, inhabilitadas para administrar sociedades por un período determinado y obligadas a devolver bienes de la masa.
¿Cuándo se declara culpable un concurso? La norma señala varios supuestos: entre ellos, el incumplimiento del deber de solicitar el concurso en plazo, la generación de deuda sabiendo que la empresa no podía pagarla y la salida de activos en el período anterior a la declaración en condiciones que perjudican a los acreedores. Para un fundador que ha firmado como administrador de su startup durante años de crecimiento acelerado, el riesgo de incurrir en alguno de estos supuestos no es teórico.
La comunicación del preconcurso y la activación temprana de los mecanismos de reestructuración actúan, entre otras funciones, como cortafuegos de esa responsabilidad. Demuestran que el administrador conocía la situación y actuó conforme al mandato legal. Eso no elimina el riesgo, pero lo reduce de manera sustancial.
Uno de los elementos diferenciales de una reestructuración en el ámbito del venture capital es la presencia de inversores institucionales con posiciones jurídicas complejas. Un fondo de capital riesgo no es un acreedor ordinario ni un socio convencional: es, con frecuencia, ambas cosas a la vez, y además con derechos contractuales que modifican las reglas generales del Derecho de sociedades.
Los pactos parasociales suscritos en cada ronda de inversión regulan cuestiones como los derechos de arrastre (drag-along), los derechos de acompañamiento (tag-along), los mecanismos anti-dilución y las cláusulas de liquidación preferente. Cuando la empresa entra en dificultades, estas cláusulas determinan quién puede bloquear una solución y quién tiene incentivos para apoyarla. Un inversor de ronda seed con liquidación preferente participativa puede tener incentivos muy distintos a los de un inversor de Serie B con liquidación preferente no participativa.
La deuda convertible y los préstamos participativos añaden otra dimensión. La conversión de deuda en capital puede ser parte de la solución en un proceso de reestructuración, pero también puede ser un punto de conflicto si los términos de conversión pactados en un momento de bonanza resultan inaceptables en un escenario de crisis. En nuestra práctica, hemos observado que la renegociación de los términos de conversión exige una coordinación precisa entre los instrumentos societarios y los mecanismos concursales, y que hacerlo fuera de un proceso formal de reestructuración es, en muchos casos, más ágil y menos costoso para todas las partes.
La complejidad de estas negociaciones requiere un equipo con conocimiento simultáneo de la legislación concursal y de la normativa societaria y de inversión. Las dos disciplinas no son intercambiables, y los errores de coordinación entre ellas son una fuente frecuente de retrasos y de destrucción de valor.
La venta de la unidad productiva es uno de los instrumentos más relevantes en las reestructuraciones del sector tecnológico. Permite transmitir el negocio en funcionamiento – con su tecnología, sus contratos, su equipo – a un adquirente que tenga la capacidad de darle continuidad, mientras la sociedad vendedora satisface con el precio obtenido a los acreedores según su orden de prelación.
Este mecanismo puede activarse tanto en el marco de un plan de reestructuración preconcursal como dentro de un concurso de acreedores ya declarado. La diferencia de valor entre ambos escenarios es, en términos generales, significativa. Una unidad productiva que se vende en un proceso de reestructuración temprana, antes de que la señal de dificultad haya afectado a los contratos clave y al equipo directivo, obtiene mejores condiciones de mercado que la misma unidad vendida bajo la presión de un concurso con activos deteriorados.
Para una startup de base tecnológica, los activos más valiosos son intangibles: la propiedad intelectual, el código, las bases de datos, los contratos con clientes y los acuerdos de distribución. La transmisión de estos activos en el marco de una venta de unidad productiva requiere una diligencia debida (due diligence) específica sobre la titularidad de la propiedad intelectual y sobre la transferibilidad de los contratos comerciales. Muchos contratos SaaS y licencias de software tienen cláusulas de cambio de control que pueden bloquear o encarecer una transmisión si no se gestionan correctamente.
Más información sobre los instrumentos disponibles en materia de reestructuración e insolvencia para empresas en España puede consultarse en nuestra página de práctica de reestructuración e insolvencia.
En nuestra experiencia asesorando a empresas en fases de dificultad, las situaciones más difíciles son aquellas en las que la dirección conocía las señales de alerta y optó por esperar a que las condiciones mejorasen. La confianza en una ronda inminente, en un contrato que estaba "a punto de cerrarse" o en una recuperación del mercado que no llegó son los argumentos que con más frecuencia escuchamos en los primeros despachos con empresas que han esperado demasiado.
Las señales que justifican una consulta jurídica inmediata son, entre otras, las siguientes:
Esa última situación merece una mención especial. La duda sobre si la empresa es insolvente no es, en sí misma, un argumento para esperar. Es, precisamente, el momento en que la consulta con un abogado concursal resulta más valiosa: permite determinar si se está en situación de insolvencia actual o meramente inminente, y en función de eso, definir qué instrumentos están disponibles y en qué plazo deben activarse.
La cuestión del coste del asesoramiento jurídico es una de las razones por las que muchos fundadores retrasan la consulta. Es una lógica comprensible pero errónea. El coste de un proceso de reestructuración preconcursal bien gestionado es sistemáticamente inferior al coste de un concurso de acreedores gestionado a destiempo, tanto en términos directos – honorarios, provisiones, garantías – como en términos indirectos – destrucción de valor de los activos, coste de retención del equipo, impacto en la relación con clientes y proveedores.
El asesoramiento temprano permite, además, elegir el instrumento más adecuado para la situación concreta de la empresa. No todas las startups en dificultades necesitan un plan de reestructuración homologado judicialmente. En muchos casos, una renegociación extrajudicial de los términos de la deuda convertible, apoyada en una comunicación de preconcurso que proteja a la empresa mientras dura la negociación, es suficiente para estabilizar la situación y dar tiempo a cerrar una nueva ronda o a ejecutar una venta ordenada.
La clave está en disponer del diagnóstico correcto antes de elegir el camino. Ese diagnóstico requiere analizar simultáneamente la situación patrimonial de la empresa, los términos de los pactos parasociales con los inversores, la naturaleza y prelación de la deuda existente y el realismo del plan de negocio que sustentaría una potencial reestructuración. Es un análisis que combina Derecho concursal, Derecho societario y valoración financiera, y que no puede hacerse en un día. Por eso, el momento de encargarlo es antes de que el tiempo desaparezca.
Para profundizar en los aspectos generales del proceso de reestructuración temprana frente al concurso en el conjunto del tejido empresarial español, puede consultar nuestro análisis comparativo sobre reestructuración temprana frente a concurso tardío.
Este bloque resume los pasos que, en nuestra práctica, han resultado determinantes en los primeros momentos de una crisis de liquidez en una empresa respaldada por capital riesgo.
La gestión de la responsabilidad de administradores y la protección del valor de la unidad productiva son los dos ejes que, en nuestra experiencia, marcan la diferencia entre una reestructuración que culmina con éxito y un concurso que termina en liquidación. El análisis jurídico y económico que permite distinguir entre ambos escenarios debe realizarse cuando todavía hay tiempo para elegir.
Si su empresa o alguna de las participadas de su cartera está experimentando tensiones de tesorería, le invitamos a explorar también la perspectiva sectorial aplicada al ámbito inmobiliario, donde la estructura de acreedores presenta características similares en lo que respecta a la prelación de créditos: clases de acreedores en insolvencias del sector inmobiliario y de construcción.
El asesoramiento en reestructuración e insolvencia conecta de forma natural con otras áreas de práctica de Velarde & Vidal. Una operación de reestructuración que implique la entrada de un nuevo inversor o la venta de una unidad productiva requiere simultáneamente conocimiento de Derecho societario y de operaciones (M&A). Cuando la reestructuración afecta a la plantilla, las decisiones sobre expedientes de regulación de empleo y los compromisos con los representantes de los trabajadores exigen apoyo especializado en Derecho laboral. Y cualquier proceso que genere plusvalías o consolide pérdidas fiscales tiene implicaciones en el Impuesto sobre Sociedades que conviene analizar antes de cerrar la estructura definitiva.
Para una primera valoración, escríbanos a info@velardevidal.com.
Plantear mi casoEste contenido es informativo y no constituye asesoramiento jurídico. Para un análisis de su situación, contacte con info@velardevidal.com.