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Derecho societario y operaciones (M&A)

Compraventa de participaciones en el sector startups y venture capital

Por Marta Vidal, Socia — M&A y Derecho societarioActualizado: 2033-07-22

El ecosistema de startups en España ha madurado con rapidez en los últimos años. Las operaciones de entrada y salida de inversores, los procesos de financiación en rondas sucesivas y las desinversiones totales o parciales han convertido la compraventa de participaciones en una de las transacciones más frecuentes del tejido empresarial tecnológico. Sin embargo, la velocidad del ecosistema no debería confundirse con simplicidad jurídica. Quien cierra una operación sin la estructura adecuada descubre tarde que ha cedido control, que las garantías prometidas carecen de eficacia o que los mecanismos de salida negociados con urgencia resultan inaplicables.

En breve: La compraventa de participaciones en startups y venture capital es una transacción de Derecho societario que exige una arquitectura contractual completa: pacto de socios, contrato de compraventa con garantías e indemnizaciones y una diligencia debida (due diligence) rigurosa. El marco aplicable en España es la normativa societaria y mercantil; el pacto de socios y la due diligence determinan quién controla la sociedad y a qué precio se cierra la operación, con independencia de lo que dispongan los estatutos estándar.

El ecosistema startup en España: contexto regulatorio y relevancia de la estructura jurídica

La Ley de fomento del ecosistema de empresas emergentes, conocida como Ley de Startups, introdujo en 2022 un marco específico para las empresas innovadoras en España. Su entrada en vigor consolidó incentivos en el ámbito del Impuesto sobre Sociedades, el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen de impatriados, y estableció condiciones de reconocimiento de empresa emergente que afectan directamente a las estructuras de inversión.

La forma jurídica habitual de las startups españolas es la sociedad de responsabilidad limitada. Conforme a la normativa societaria vigente, el capital de una sociedad limitada puede constituirse desde un euro, aunque las reglas de reserva obligatoria operan hasta alcanzar los tres mil euros de capital. Esta flexibilidad inicial resulta atractiva para los fundadores, pero genera complejidad cuando llegan los inversores institucionales: el venture capital trabaja con estructuras que los estatutos mínimos de una SL de primer año raramente contemplan.

El primer error que observamos en nuestra práctica es justamente este: tratar los estatutos como un documento accesorio. Los estatutos y el pacto de socios son los instrumentos que articulan el gobierno de la sociedad, los derechos económicos de cada clase de participaciones y los mecanismos de salida. Sin ellos, o con versiones genéricas, la empresa llega a una ronda de financiación con serias carencias estructurales que ralentizan el proceso o reducen la valoración.

¿Qué ocurre cuando un fondo de venture capital descubre en la due diligence que los estatutos no recogen derechos de arrastre (drag-along) ni de acompañamiento (tag-along), que no existe pacto de socios vigente o que los compromisos de no dilución pactados verbalmente carecen de soporte documental? La respuesta es predecible: el proceso se detiene, el inversor negocia desde una posición de fuerza y la valoración desciende.

¿Qué decisiones y plazos críticos debe gestionar la dirección en una operación de compraventa de participaciones?

Una operación de compraventa de participaciones en el ecosistema startup no es un acto único. Es un proceso con fases diferenciadas, cada una con sus propias obligaciones, ventanas de negociación y riesgos de inacción.

La primera fase es la negociación de la hoja de términos (term sheet). Este documento, que habitualmente no tiene carácter vinculante en su totalidad, fija las bases económicas y de gobierno sobre las que se negociará el contrato definitivo. Incluye la valoración pre-money, la estructura de las nuevas participaciones, los derechos preferentes de liquidación y las condiciones de cierre. Un term sheet aceptado sin revisión jurídica adecuada puede comprometer la posición del fundador en todas las fases siguientes.

La segunda fase es la diligencia debida (due diligence). En el sector startup, la due diligence abarca la revisión de la propiedad intelectual y tecnológica, la situación laboral del equipo fundador, la base de datos de clientes desde la perspectiva del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), los contratos con proveedores clave y la situación fiscal. Cada área puede generar ajustes de precio o condiciones suspensivas. En nuestra experiencia asesorando a empresas tecnológicas, los hallazgos más frecuentes son la titularidad no formalizada del software desarrollado por los fundadores antes de constituir la sociedad y la ausencia de contratos de cesión de propiedad intelectual con desarrolladores externos.

La tercera fase es la negociación y firma del contrato de compraventa. Este instrumento recoge las declaraciones y garantías del vendedor (representations and warranties), el régimen de indemnizaciones por incumplimiento, las condiciones de cierre y los mecanismos de ajuste de precio post-cierre. En operaciones con fondos de venture capital, es habitual la negociación de un acuerdo de depósito en garantía (escrow) para cubrir posibles reclamaciones durante un período determinado.

La cuarta fase es el otorgamiento ante notario y la inscripción en el Registro Mercantil. La transmisión de participaciones de una sociedad limitada requiere escritura pública. El depósito de cuentas en el Registro Mercantil al día es un requisito previo que los inversores institucionales verifican como condición de cierre.

¿Cuánto tiempo consume este proceso? Depende de la complejidad de la sociedad y de la diligencia de ambas partes. En operaciones de ronda de financiación con un fondo institucional, el plazo desde la firma del term sheet hasta el cierre oscila habitualmente entre seis semanas y cuatro meses. La gestión proactiva de los tiempos es, en sí misma, una fuente de valor.

La estructura del pacto de socios en el venture capital: cláusulas que determinan el control

El pacto de socios (shareholders' agreement) es el documento que define las reglas del juego entre los inversores y los fundadores. No es un complemento opcional a los estatutos: es el instrumento que hace operativa la relación de gobierno en el día a día y en los momentos de tensión.

En el contexto del venture capital, las cláusulas más relevantes desde la perspectiva de la dirección de la empresa son las siguientes:

  • Derechos de información y auditoría: el inversor institucional exigirá información financiera periódica, acceso a los libros de la sociedad y, con frecuencia, la designación de un miembro del órgano de administración o un observador en el consejo.
  • Derechos de preferencia en la transmisión: regulan el orden de prelación cuando un socio quiere vender sus participaciones a un tercero. Su ausencia en los estatutos no implica que no existan si el pacto de socios los recoge, pero la vinculación frente a terceros es diferente.
  • Derechos de arrastre (drag-along): permiten a los socios mayoritarios o al grupo inversor obligar al resto a vender en las mismas condiciones ante una oferta de adquisición del cien por cien de la sociedad. Es una cláusula esencial para los fondos, ya que garantiza la liquidez de la desinversión.
  • Derechos de acompañamiento (tag-along): protegen al socio minoritario, permitiéndole sumarse a la venta en las mismas condiciones. La asimetría entre drag-along y tag-along es uno de los puntos de negociación más sensibles.
  • Antidilución: mecanismos que protegen al inversor frente a rondas posteriores a valoraciones inferiores (down rounds). Existen distintas modalidades técnicas; la elección de una u otra afecta de forma significativa al fundador en rondas sucesivas.
  • Vesting y compromisos de permanencia: en el venture capital español es práctica habitual subordinar la consolidación de las participaciones de los fundadores a su permanencia activa en la sociedad durante un período determinado. El incumplimiento puede llevar a una recompra forzosa a precio reducido.
  • Mayorías reforzadas y derechos de veto: ciertas decisiones estratégicas, como la aprobación del presupuesto anual, la contratación de deuda significativa o la modificación de los estatutos, quedan sujetas a la aprobación del inversor aunque no tenga la mayoría del capital.

La creencia de que los estatutos estándar bastan para regular la relación entre socios es uno de los mitos más costosos del ecosistema. Los estatutos inscritos en el Registro Mercantil tienen eficacia frente a terceros, pero no pueden recoger toda la complejidad de los compromisos que el venture capital exige. El pacto de socios es el instrumento complementario indispensable.

¿Cómo se estructura la due diligence en una startup tecnológica?

La diligencia debida en una startup tecnológica tiene especificidades que la distinguen de una due diligence en una empresa industrial o de servicios tradicionales. El activo principal no suele ser material: es la propiedad intelectual, el equipo, los contratos con clientes y la posición regulatoria.

Desde la perspectiva jurídica, los focos de la due diligence en una startup son:

  1. Propiedad intelectual y tecnología: verificación de la titularidad del software, la base de código, las marcas registradas ante la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) o ante la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) y las licencias de terceros incorporadas en el producto. Las marcas nacionales tienen una duración de diez años renovables; la solicitud y el mantenimiento de estos registros son indicadores de madurez que los inversores valoran.
  2. Protección de datos: revisión del cumplimiento del RGPD y de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPDGDD). La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha incrementado su actividad inspectora en el sector tecnológico. Una brecha de seguridad no notificada en el plazo de setenta y dos horas establecido por el RGPD puede generar contingencias que emergen durante la due diligence y condicionan el precio.
  3. Laboral: situación de los desarrolladores, diseñadores y comerciales. ¿Son empleados, autónomos o contratistas? La clasificación incorrecta de trabajadores como autónomos es una contingencia laboral recurrente en startups de primera fase.
  4. Fiscal: situación frente a la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), existencia de créditos fiscales por I+D+i, aplicación del régimen de entidades de nueva creación al tipo del quince por ciento en los primeros ejercicios con base imponible positiva, y tratamiento de los instrumentos de retribución variable al equipo (phantom shares, stock options).
  5. Contractual: contratos con clientes, acuerdos de confidencialidad (NDA) vigentes, contratos de desarrollo de software con terceros y cláusulas de cambio de control que puedan activarse con la operación.
  6. Societario: libro registro de socios al día, actas del órgano de administración, cuentas anuales depositadas en el Registro Mercantil y ausencia de gravámenes sobre las participaciones objeto de transmisión.

En nuestra práctica hemos observado que las startups que han gestionado de forma proactiva su cumplimiento normativo antes de una ronda logran cierres más rápidos y valoraciones más sólidas. La due diligence no es un obstáculo: es una herramienta de validación que, bien gestionada, refuerza la posición del vendedor.

Estructuras de inversión habituales: rondas de financiación y su impacto en la tabla de capitalización

El venture capital opera con instrumentos de inversión que tienen consecuencias directas sobre la estructura de la sociedad y, en particular, sobre la tabla de capitalización (cap table). La dirección de la empresa debe entender qué implica cada instrumento antes de firmar.

Las formas de inversión más frecuentes en el ecosistema español son las siguientes:

  • Ampliación de capital con entrada de nuevos socios: el fondo suscribe participaciones de nueva emisión a cambio de la aportación dineraria acordada. La valoración pre-money determina el porcentaje que el inversor adquiere. La ampliación de capital requiere acuerdo de la junta general y escritura pública inscrita en el Registro Mercantil.
  • Préstamo participativo con conversión: instrumento financiero que otorga al prestamista el derecho a convertir el préstamo en participaciones en una ronda futura o en un evento de liquidez. Ofrece flexibilidad en la valoración, pero genera compromisos futuros que deben quedar perfectamente documentados.
  • Participaciones preferentes: clase de participaciones con derechos económicos reforzados, habitualmente un derecho de liquidación preferente en la venta de la empresa. Su interacción con las participaciones ordinarias de los fundadores puede ser muy significativa cuando la valoración en la venta es inferior a la esperada.

La guía sobre ampliación de capital disponible en nuestro sitio desarrolla los aspectos procedimentales de este instrumento, incluyendo las obligaciones de convocatoria de junta, el derecho de suscripción preferente y el régimen de inscripción registral.

Desde la perspectiva de la dirección, la gestión de la cap table es una tarea de gobierno permanente. Cada ronda, cada conversión de préstamo, cada emisión de opciones sobre participaciones altera la distribución del capital y puede activar o desactivar derechos pactados en rondas anteriores. Un error en la gestión de la cap table puede derivar en disputas entre socios que comprometan la continuidad de la empresa.

¿Qué mecanismos de salida contemplan los inversores de venture capital y cómo afectan a los fundadores?

La desinversión es parte del modelo de negocio del venture capital. Los fondos tienen horizontes temporales definidos y necesitan mecanismos contractuales que les permitan materializar su retorno. Los fundadores que no entienden estos mecanismos desde el principio pueden verse atrapados en situaciones de conflicto cuando el fondo ejercita sus derechos.

Los mecanismos de salida más habituales en el ecosistema español son:

  • Venta total de la sociedad (M&A): adquisición por un tercero estratégico o financiero. El drag-along es el mecanismo que permite al fondo arrastrar a los fundadores y demás socios a la venta. La negociación de los umbrales de activación del drag-along es crítica: un umbral mal negociado puede obligar a los fundadores a vender a una valoración que no refleja el valor real de su trabajo.
  • Oferta pública de venta (salida a bolsa): poco frecuente en el ecosistema startup español a excepción de operaciones de tamaño relevante. Genera compromisos de lock-up (restricciones temporales a la venta de participaciones por los fundadores) que deben negociarse.
  • Recompra por los fundadores: mecanismo habitual en situaciones de desacuerdo estratégico o cuando la empresa no alcanza los hitos previstos. Las condiciones de precio y financiación de la recompra deben quedar definidas en el pacto de socios.
  • Secondary sale: venta de la participación del fondo a otro inversor sin que se transmita la totalidad de la sociedad. Puede estar sujeta a derechos de tanteo y retracto a favor de los demás socios.

Un aspecto que la dirección de la empresa debe gestionar con especial atención es la cláusula de buena salida / mala salida (good leaver / bad leaver). Esta cláusula determina el precio al que se recompran las participaciones de un fundador que abandona la sociedad en función de las circunstancias de su salida. Una mala salida puede implicar la pérdida de una parte significativa del valor acumulado. La negociación de estos supuestos debe hacerse con detenimiento antes de que surja el conflicto.

Hemos asesorado operaciones societarias y de M&A en sectores tecnológico, industrial y de servicios, y en todas ellas la fase de negociación de los mecanismos de salida ha sido determinante para el resultado final de la operación. La asimetría de información entre un fondo institucional y un equipo fundador sin asesoramiento adecuado es uno de los factores de riesgo más relevantes del ecosistema.

Régimen fiscal aplicable a la compraventa de participaciones en startups: aspectos clave para la dirección

La fiscalidad de la operación es uno de los ejes que más frecuentemente se subestima en las fases iniciales de negociación. Las decisiones de estructura adoptadas sin análisis fiscal previo pueden tener consecuencias tributarias relevantes para vendedores, compradores y para la propia sociedad.

Los aspectos fiscales que la dirección debe considerar en una operación de compraventa de participaciones son los siguientes:

En primer lugar, la tributación de la ganancia del vendedor. Si el vendedor es persona física residente en España, la ganancia patrimonial derivada de la venta de participaciones tributa en el IRPF como renta del ahorro, con una escala progresiva cuya cuantía conviene verificar con la normativa vigente en el momento de la operación. Si el vendedor es una entidad, se aplican las reglas del Impuesto sobre Sociedades, con el tipo general del veinticinco por ciento, aunque pueden resultar aplicables exenciones relevantes en función de la estructura de tenencia.

En segundo lugar, la estructura de la sociedad holding. En operaciones de venture capital de cierto tamaño, es habitual que los fundadores interpongan una sociedad holding entre ellos y la startup. La creación de la holding antes de la primera ronda de financiación puede tener efectos fiscales favorables en el momento de la desinversión. Este aspecto debe analizarse con antelación: una reestructuración societaria previa a la venta realizada sin la planificación adecuada puede ser objeto de calificación por parte de la AEAT.

En tercer lugar, los incentivos fiscales para inversores. La Ley de Startups amplió los beneficios fiscales aplicables a la inversión en empresas emergentes, incluyendo la deducción en el IRPF por inversión en empresas de nueva o reciente creación. Los fondos de venture capital y los business angels que estén en condiciones de aplicar estos incentivos los tienen muy presentes en la negociación de la valoración.

En cuarto lugar, el tratamiento de los instrumentos de retribución variable al equipo. Las opciones sobre participaciones y las acciones restringidas (restricted stock units) tienen regímenes fiscales diferenciados que la Ley de Startups modificó para hacerlos más competitivos en términos internacionales. La dirección debe asegurarse de que estos instrumentos están correctamente documentados y que su régimen fiscal está analizado antes de la due diligence.

Cómo el asesoramiento temprano reduce el coste y el riesgo en operaciones de M&A en el sector startup

El ecosistema startup tiene una tendencia documentada a postponer el asesoramiento jurídico hasta que la operación está avanzada. Los costes de esta demora son reales y cuantificables, aunque raramente se contabilizan de forma explícita.

¿Cuáles son los costes de un asesoramiento tardío? En primer lugar, el coste de la renegociación: cuando la due diligence destapa problemas que podían haberse resuelto antes, el comprador negocia una reducción del precio de compra o condiciones más restrictivas. En segundo lugar, el coste del tiempo: un proceso que debería cerrarse en dos meses se alarga el triple cuando hay que subsanar irregularidades societarias, formalizar cesiones de propiedad intelectual o regularizar situaciones laborales pendientes. En tercer lugar, el coste de oportunidad: mientras la operación se dilata, el mercado puede cambiar, el comprador puede perder el interés o aparecer otro candidato mejor posicionado.

El asesoramiento temprano actúa sobre tres vectores simultáneamente:

  • Prevención: identificar y resolver antes de la due diligence los problemas que el comprador encontraría de todas formas. Esto protege la valoración y acorta el proceso.
  • Estructura: diseñar la arquitectura contractual (term sheet, pacto de socios, contrato de compraventa) de forma que los intereses de los fundadores queden protegidos en todos los escenarios previsibles, incluidos los de tensión.
  • Velocidad: disponer de la documentación societaria, registral y fiscal en orden permite que el proceso de due diligence se ejecute en tiempos razonables y que el cierre no se vea bloqueado por requisitos formales.

En nuestra experiencia, las empresas que llegan a una ronda de financiación con la documentación societaria en orden, el pacto de socios actualizado y la propiedad intelectual correctamente formalizada cierran las operaciones más rápido y en condiciones más favorables. No es una cuestión de optimismo jurídico: es una observación sistemática de la práctica.

La práctica de Derecho societario y operaciones (M&A) de Velarde & Vidal abarca desde la constitución y estructuración inicial de la sociedad hasta el cierre de operaciones de compraventa de participaciones complejas, incluyendo la negociación del pacto de socios, la coordinación de la due diligence y el asesoramiento en todas las fases de la operación.

Checklist de cumplimiento para startups en operaciones de compraventa de participaciones

El siguiente checklist recoge los elementos que, en nuestra práctica, determinan si una startup está preparada para afrontar un proceso de compraventa de participaciones con garantías.

Documentación societaria

  • Estatutos sociales actualizados e inscritos en el Registro Mercantil.
  • Libro registro de socios al día, con todas las transmisiones anteriores correctamente formalizadas.
  • Actas del órgano de administración y de la junta general archivadas y firmadas.
  • Cuentas anuales depositadas en el Registro Mercantil en los plazos legales.
  • Pacto de socios vigente y actualizado a la estructura de capital actual.

Propiedad intelectual y tecnología

  • Cesión de propiedad intelectual documentada para todo el código y contenido desarrollado por los fundadores antes de la constitución de la sociedad.
  • Contratos de cesión con desarrolladores externos y con empleados que hayan generado código o diseños.
  • Solicitudes de marca ante la OEPM o la EUIPO en las clases relevantes para el negocio.
  • Inventario de licencias de software de terceros incorporadas en el producto.

Protección de datos y compliance

  • Registro de actividades de tratamiento actualizado.
  • Política de privacidad y avisos legales en la plataforma alineados con el RGPD y la LOPDGDD.
  • Contratos con encargados del tratamiento en vigor.
  • Procedimiento de gestión de brechas de seguridad documentado.

Laboral

  • Clasificación correcta de colaboradores: empleados versus autónomos.
  • Contratos laborales actualizados conforme a la normativa vigente, incluyendo las modificaciones introducidas por la reforma laboral de 2021.
  • Documentación de los planes de opciones o phantom shares.

Fiscal

  • Situación fiscal al día frente a la AEAT.
  • Análisis de la estructura de tenencia de cara a la desinversión.
  • Revisión del régimen fiscal de los instrumentos de retribución variable al equipo.

Servicios relacionados

Una operación de compraventa de participaciones en el sector startup no es ajena a la práctica de protección de datos y compliance: la due diligence sobre el tratamiento de datos personales es una condición habitual impuesta por los fondos institucionales, y los hallazgos en esta área pueden convertirse en contingencias de precio. Del mismo modo, las implicaciones fiscales de la operación, tanto en sede de la sociedad como de los vendedores personas físicas, exigen una coordinación estrecha con la práctica fiscal y tributaria de la firma. En Velarde & Vidal trabajamos estas operaciones de forma integrada, con equipos que cubren simultáneamente el eje societario, el fiscal y el de datos y tecnología.

Preguntas frecuentes

¿Qué implica compraventa de participaciones en startups y venture capital para una empresa?
La compraventa de participaciones en este contexto implica la transmisión de cuotas de capital de una sociedad de responsabilidad limitada entre socios actuales, nuevos inversores o terceros adquirentes. Para la empresa, supone una alteración de su estructura de gobierno, la entrada de nuevos derechos económicos y de voto en la junta general y, frecuentemente, la modificación del pacto de socios vigente. Exige escritura pública ante notario e inscripción en el Registro Mercantil, y la due diligence previa al cierre puede condicionar la valoración y las garantías pactadas. El marco jurídico aplicable es la normativa societaria y, en su caso, la Ley de Startups.
¿Qué plazos y costes conlleva compraventa de participaciones en startups y venture capital?
Los plazos dependen de la complejidad de la operación. Un proceso desde la firma de la hoja de términos hasta el cierre notarial puede extenderse entre seis semanas y cuatro meses en operaciones con fondos institucionales. Los plazos formales relevantes incluyen la formulación de cuentas anuales dentro de los tres meses desde el cierre del ejercicio y su depósito en el Registro Mercantil dentro del mes siguiente a su aprobación. Los costes varían en función del alcance de la due diligence, la complejidad del contrato de compraventa y la negociación del pacto de socios. Conviene presupuestar el asesoramiento jurídico desde la fase inicial para evitar costes de renegociación posteriores.
¿Qué riesgos hay que evitar en compraventa de participaciones en startups y venture capital?
Los riesgos más frecuentes son: titularidad no formalizada de la propiedad intelectual de la empresa, pacto de socios desactualizado o inexistente, cuentas anuales no depositadas en el Registro Mercantil, clasificación incorrecta de trabajadores como autónomos, incumplimientos del RGPD que generan contingencias en la due diligence y firma de una hoja de términos sin revisión jurídica previa. Un riesgo adicional es negociar los mecanismos de salida, como el drag-along o las cláusulas good/bad leaver, sin comprender sus efectos prácticos sobre la posición del fundador en escenarios de venta forzada o salida anticipada.
¿Cuándo conviene contar con asesoramiento en compraventa de participaciones en startups y venture capital?
El asesoramiento debe iniciarse antes de la firma de la hoja de términos, no después. La negociación del term sheet establece las condiciones económicas y de gobierno que luego se trasladan al contrato definitivo: modificar estas condiciones una vez firmado el term sheet es costoso en tiempo y en relación con el inversor. Además, la revisión previa de la documentación societaria, fiscal y de propiedad intelectual permite subsanar problemas antes de la due diligence, protegiendo la valoración y acortando el proceso de cierre. Si la empresa ya tiene una oferta sobre la mesa, el asesoramiento sigue siendo valioso, aunque su margen de maniobra sea menor.

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