El sector fintech y los servicios financieros regulados operan en un entorno donde la liquidez puede deteriorarse en semanas. Una caída de ronda, una moratoria de pagos o un conflicto con un socio inversor pueden situar a la dirección ante una ventana de oportunidad que, si se cierra, desemboca en el concurso de acreedores. La homologación judicial de un plan de reestructuración es la herramienta preconcursal más potente del ordenamiento español vigente. Activarla a tiempo es lo que distingue a las empresas que superan la crisis de las que no lo consiguen.
Existe una creencia extendida en los consejos de administración de empresas fintech: iniciar cualquier proceso formal ante el juzgado equivale a declarar la quiebra. Esa creencia es incorrecta y, cuando paraliza la actuación, resulta costosa.
La reforma de la legislación concursal española de 2022 transpuso la Directiva europea sobre marcos de reestructuración preventiva. El resultado fue la incorporación de los planes de reestructuración como un instrumento preconcursal autónomo, distinto del concurso de acreedores. Las diferencias son sustanciales.
El concurso de acreedores es un procedimiento universal que, una vez declarado, suspende o limita las facultades del deudor y genera efectos frente a todos los acreedores. El plan de reestructuración homologado judicialmente, en cambio, es un acuerdo negociado entre el deudor y sus principales acreedores, refrendado por el juez. La empresa mantiene la gestión ordinaria. El proceso no tiene que hacerse público de forma inmediata. Y, lo que es determinante para una empresa regulada como una entidad de pago o un proveedor de servicios de inversión, no activa automáticamente cláusulas de vencimiento anticipado ni obligaciones de comunicación ante los supervisores de la misma manera que lo haría la declaración de concurso.
En nuestra práctica hemos observado que los administradores de empresas fintech suelen descubrir los planes de reestructuración cuando ya llevan varios meses en insolvencia inminente. Ese retraso, que se puede medir en semanas de margen adicional de negociación, tiene un precio.
La legislación concursal distingue entre insolvencia actual, insolvencia inminente y probabilidad de insolvencia. Los planes de reestructuración pueden activarse ante cualquiera de estos tres estadios. Cuanto antes se activa, mayor es el abanico de opciones y menores son las concesiones que hay que ofrecer a los acreedores para conseguir los apoyos necesarios.
Una empresa de servicios financieros o fintech no es una empresa industrial o de distribución. Su estructura de acreedores y de activos presenta especificidades que el plan de reestructuración debe reflejar.
En primer lugar, el activo principal suele ser intangible: licencias regulatorias, tecnología propietaria, acuerdos de distribución o datos de clientes. La valoración de estos activos en un proceso de reestructuración exige criterios distintos de los que se aplican a maquinaria o inmuebles. Un plan que no justifique adecuadamente la valoración de los activos puede ser impugnado por los acreedores disidentes.
En segundo lugar, las entidades de pago, las empresas de crédito al consumo o los proveedores de servicios de inversión tienen obligaciones regulatorias que no se suspenden por el hecho de estar en un proceso de reestructuración. La comunicación con el supervisor correspondiente – el Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) u otro – debe gestionarse con precisión. Un plan que no contemple el mantenimiento de los ratios de capital o de las reservas obligatorias carece de viabilidad regulatoria y será rechazado.
En tercer lugar, los inversores de capital riesgo o los fondos de deuda que participan en el pasivo de muchas fintech tienen una sofisticación jurídica y negociadora superior a la de un proveedor industrial. Conocen los mecanismos del plan, saben qué apoyos se requieren y cuándo pueden bloquear el proceso. Esto obliga a estructurar la negociación con la misma sofisticación.
Finalmente, la continuidad del negocio en un servicio financiero depende de la confianza. El calendario del proceso debe calibrarse para minimizar la filtración de información antes de que el plan esté suficientemente consolidado. El sigilo en la fase inicial no es una opción opcional; es una condición de éxito.
El proceso de homologación judicial de un plan de reestructuración puede describirse en fases sucesivas. No existe un único camino; la legislación contempla variantes. Esta guía presenta la secuencia más habitual para una empresa de servicios financieros en situación de insolvencia inminente.
El primer paso formal es la comunicación al juzgado de lo mercantil de que se han iniciado negociaciones con los acreedores. Esta comunicación activa la paralización temporal de las ejecuciones individuales. Es la protección que permite negociar sin que un acreedor agresivo obtenga una ventaja sobre los demás durante el proceso. La comunicación no exige que el plan esté cerrado; basta con que las negociaciones hayan comenzado.
El plazo para presentar el plan tras la comunicación lo fija la legislación concursal vigente. Conviene verificar el plazo aplicable con la normativa en vigor en el momento de la actuación. Lo relevante para la dirección es que ese plazo no es indefinido y que su agotamiento sin un plan aprobado tiene consecuencias.
El plan de reestructuración exige clasificar a los acreedores en clases homogéneas. La clasificación no es libre; debe seguir criterios de interés común verificables. Para una empresa fintech, esto implica distinguir, habitualmente, entre deuda senior garantizada, deuda subordinada o mezzanine, acreedores comerciales y acreedores con intereses relacionados con los inversores de capital.
Esta fase requiere un diagnóstico financiero riguroso. El plan tiene que demostrar que el acreedor disidente recibirá, como mínimo, lo que recibiría en el mejor escenario alternativo razonablemente previsible, que en muchos casos es el concurso. Este es el test del interés superior del acreedor y es el principal campo de batalla en las impugnaciones.
La aprobación del plan requiere los apoyos mínimos legalmente exigidos en cada clase de acreedores. Cuando el plan ha sido aprobado por todas las clases, la homologación refuerza su eficacia frente a eventuales impugnaciones. Cuando alguna clase ha votado en contra, la homologación permite, bajo ciertas condiciones, extender los efectos del plan a esa clase disidente. Este es el mecanismo conocido como arrastre interclases.
El arrastre interclases es el instrumento más poderoso del nuevo régimen. También es el más litigioso. Un fondo de deuda que ostenta un crédito significativo y ha votado en contra del plan puede impugnarlo con base en el test del interés superior o en defectos formales del procedimiento de votación. La preparación de ese escenario debe hacerse antes de presentar el plan.
Una vez aprobado el plan, se solicita la homologación al juzgado de lo mercantil. El juez verifica el cumplimiento de los requisitos legales. No revisa el mérito económico del plan salvo que un acreedor impugne. La homologación se publica en el Registro Público Concursal, lo que otorga plena eficacia frente a terceros.
La homologación también activa el período de protección frente a la declaración de concurso necesario por parte de los acreedores, durante el tiempo que fija la normativa concursal. Este escudo temporal es relevante para una empresa fintech cuyas operaciones deben continuar sin interrupciones durante el proceso.
La homologación no es el final del proceso. El plan impone obligaciones de cumplimiento en plazos concretos. La dirección debe establecer un sistema de seguimiento que acredite ante los acreedores y, en su caso, ante el experto en reestructuración designado por el juzgado, que las condiciones pactadas se están ejecutando. El incumplimiento del plan homologado puede abrir el camino a la declaración de concurso.
La legislación concursal prevé la figura del experto en reestructuración, designado por el juzgado a petición del deudor o de los acreedores. Su función no es la del administrador concursal. No desplaza a la dirección. Actúa como facilitador de la negociación y, en determinados supuestos, como validador del plan.
Para una empresa fintech cuyo pasivo está dominado por inversores financieros sofisticados, contar con un experto en reestructuración con experiencia en el sector financiero puede ser un elemento diferenciador. El experto puede contribuir a disipar las dudas de los acreedores sobre la viabilidad del plan y a reducir el tiempo de negociación.
En nuestra experiencia asesorando a empresas de servicios financieros, la designación del experto en reestructuración suele ser más beneficiosa cuando el plan tiene que superar el test del interés superior frente a un acreedor disidente con recursos jurídicos para impugnar. La opinión del experto sobre la valoración de los activos y sobre el escenario alternativo al plan tiene un peso significativo en el análisis judicial.
Uno de los elementos que más frecuentemente subestiman los administradores de empresas fintech en dificultades es su propia exposición personal. La legislación concursal establece un deber expreso de solicitar el concurso en el plazo de dos meses desde que el deudor conoció o debió conocer su estado de insolvencia.
Si ese plazo se incumple y la empresa acaba en concurso, el administrador puede ser declarado responsable de la insolvencia agravada. Las consecuencias incluyen la inhabilitación para administrar y, en determinados supuestos, la obligación de cubrir el déficit concursal con su patrimonio personal.
Los planes de reestructuración, cuando se activan antes de alcanzar la insolvencia actual, operan precisamente en el espacio anterior a ese umbral. Permiten actuar sin que se haya activado el deber formal de solicitar el concurso. Pero ese espacio no es indefinido. La dirección que detecta tensiones de tesorería y pospone la decisión durante meses puede estar, sin saberlo, acortando el plazo que tiene para actuar sin incurrir en responsabilidad.
La comunicación de negociaciones al juzgado, una de las primeras actuaciones formales del proceso, también interrumpe ciertos efectos del riesgo de responsabilidad. Este es uno de los argumentos más sólidos para actuar pronto.
Más allá de la mecánica jurídica, hay riesgos operativos y regulatorios que la dirección de una empresa fintech debe gestionar de forma paralela al proceso de homologación.
El primero es el riesgo regulatorio. Cualquier proceso formal que afecte a la solvencia de una entidad supervisada puede desencadenar una revisión por parte del supervisor. La comunicación proactiva con el supervisor, cuando proceda, debe prepararse con el mismo rigor que el plan. Un supervisor que descubre la situación por terceros en lugar de por la propia empresa reacciona de forma distinta.
El segundo riesgo es la fuga de clientes y de talento. La confidencialidad durante las fases iniciales de la negociación es crítica. El plan debe contener un protocolo de comunicación interna y externa que contemple el momento y el contenido de la comunicación a empleados, clientes e inversores. Un anuncio prematuro o mal gestionado puede destruir el valor del negocio que el plan pretende preservar.
El tercer riesgo es la activación de cláusulas contractuales. Los contratos de financiación y los acuerdos de inversión suelen contener cláusulas de vencimiento anticipado vinculadas a eventos de insolvencia o de deterioro material. Identificar esas cláusulas y negociar su suspensión o modificación antes de que se activen es una tarea que debe hacerse en la fase de diagnóstico, no después de que el acreedor haya enviado la notificación.
El cuarto riesgo es la subordinación de créditos. Los créditos de las personas especialmente relacionadas con el deudor, incluidos algunos socios e inversores que han prestado fondos a la empresa, pueden quedar subordinados en un eventual concurso. Estructurar el plan para evitar esa subordinación o para gestionarla adecuadamente exige un análisis previo de la estructura del pasivo. Puede resultar de interés revisar la guía sobre cómo evitar la subordinación de un crédito en el concurso, disponible en velardevidal.com.
¿Qué diferencia a una reestructuración que preserva el valor de una que lo destruye? En la mayoría de los casos que hemos analizado, la respuesta no está en la complejidad del pasivo ni en la magnitud de la deuda. Está en el momento en que se inicia el proceso.
Una empresa que inicia la negociación con sus acreedores cuando todavía tiene liquidez para varios meses negocia desde una posición diferente a la de una empresa que lleva a sus acreedores a la mesa cuando ya ha incumplido pagos. En el primer escenario, el acreedor sabe que el deudor tiene opciones. En el segundo, sabe que no las tiene. Esa asimetría determina el precio de los acuerdos.
El asesoramiento temprano también permite preparar el plan con el rigor técnico que exige la legislación. Un plan que no supera el test del interés superior del acreedor o que presenta defectos en la clasificación de las clases será impugnado. Una impugnación judicial añade tiempo, coste e incertidumbre. Y una empresa fintech regulada no puede permitirse que la incertidumbre se prolongue indefinidamente.
Hemos dirigido reestructuraciones y procesos concursales en empresas industriales y de servicios, y la conclusión que se extrae de esa experiencia es consistente: el coste jurídico y económico de la reestructuración es inversamente proporcional a la anticipación con la que se inicia. Cada mes de retraso en la toma de decisión tiene un precio que rara vez se puede recuperar.
Para las empresas fintech, que operan en un entorno regulado y cuyo activo principal es la licencia y la confianza, la anticipación no es solo una recomendación de gestión. Es una condición de supervivencia regulatoria. Puede consultar el alcance completo de nuestros servicios en materia de reestructuración e insolvencia.
La dirección de una empresa fintech que detecta señales de tensión financiera debería verificar, como mínimo, los siguientes puntos antes de tomar cualquier decisión formal:
La defensa de los acreedores en el concurso presenta una perspectiva complementaria que puede orientar a la dirección sobre cómo gestionan el proceso los acreedores más sofisticados. Conocer esa perspectiva antes de negociar es una ventaja. Puede consultarla en velardevidal.com.
La reestructuración financiera de una empresa fintech tiene implicaciones que van más allá de la negociación con los acreedores. La restructuración del capital puede requerir operaciones societarias paralelas – ampliaciones de capital, conversión de deuda en capital o modificaciones estructurales – que conectan directamente con el área de Derecho societario y operaciones. A su vez, la gestión del pasivo fiscal durante el proceso exige coordinación con el área fiscal y tributaria para evitar que las quitas o condonaciones generen cargas impositivas no previstas. Plantéenos su situación para evaluar conjuntamente todas las implicaciones.
Para una primera valoración, escríbanos a info@velardevidal.com.
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